3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/244-35)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Comercio, por la que se actualiza la relación de talleres artesanos que integran la Zona de Interés Artesanal de Mijas (Málaga).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 244 - Jueves, 22 de diciembre de 2022

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3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Comercio,
por la que se actualiza la relación de talleres artesanos que integran la Zona de
Interés Artesanal de Mijas (Málaga).
Examinada la documentación remitida por la entonces Delegación Territorial de Empleo,
Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades en Málaga, para la revisión de la Zona de Interés Artesanal de Mijas, al
amparo de la Orden de 8 de septiembre de 2011, por la que se regula el procedimiento
para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y
se aprueba el distintivo para su identificación, se han apreciado los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con objeto de la revisión de la Zona de Interés Artesanal de Mijas, la entonces
Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Málaga, en informe de fecha 25
de junio de 2021, indica que cinco talleres no han cumplido el requerimiento realizado
por la misma al objeto de acreditar el mantenimiento de las circunstancias que dieron
lugar a la declaración. Constatándose que incumplen con tal obligación los talleres de
doña Esperanza Fernández Díaz, don Gastón Marcelo Moyano Bustos, don Mathieu
Jeanbourquin, doña Asunción Retamero Corredera y doña Julienne Janssens Marcelle.
Segundo. En el mismo informe, se traslada a esta Dirección General que la solicitud de
la Asociación de Artesanos de Mijas para la inclusión de los talleres de doña María Jesús
Sánchez Herraiz, doña María José Calvente Gómez, doña Laura Benavides Carrera y
don Cristóbal Angulo Ramírez cumple los requisitos establecidos en la Orden de 8 de
septiembre, estimando procedente la modificación con las altas y bajas mencionadas, de
la declaración de la Zona de Interés Artesanal en el término municipal de Mijas.
Tercero. Conforme a lo establecido en el artículo 12.1 de la Orden de 8 de septiembre
de 2011, fue oída la Comisión de Artesanía de Andalucía manifestándose la misma
favorablemente en su sesión celebrada el día 21 de julio de 2022, respecto a la inclusión
de los nuevos talleres propuestos, así como la baja de los talleres anteriormente
mencionados de la Zona de Interés Artesanal de Mijas.
Cuarto. El día 12 de agosto de 2022, antes de la finalización del plazo del trámite
de audiencia, la Asociación de Artesanos de Mijas remite, a la Dirección General de
Comercio, escrito prestando su conformidad a la actualización de la Zona de Interés
Artesanal de Mijas.

Primero. La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo es competente
para conocer y resolver el presente procedimiento, a tenor de lo dispuesto en el artículo
58.1.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía
para Andalucía; Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías; Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Empresas y Trabajo Autónomo; Ley 15/2005, de 22
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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