Disposiciones generales. Universidades. (2022/244-3)
Extracto de la Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se aprueba la convocatoria Erasmus + (KA131 y KA171), de plazas para la movilidad de estudiantes de grado en instituciones extranjeras de Educación Superior con acuerdos interinstitucionales, Curso Académico 2023/2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Jueves, 22 de diciembre de 2022

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1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Universidad de Huelva,
por la que se aprueba la convocatoria Erasmus + (KA131 y KA171), de plazas para
la movilidad de estudiantes de grado en instituciones extranjeras de Educación
Superior con acuerdos interinstitucionales, Curso Académico 2023/2024.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
BDNS: 664291.
Primero. Convocatoria.
Convocatoria Erasmus + (KA131 y KA171), de plazas para la movilidad de estudiantes de
grado en instituciones extranjeras de Educación Superior con acuerdos interinstitucionales,
Curso Académico 2023/2024.
Segundo. Bases reguladoras.
Esta convocatoria se rige por las Bases reguladoras para la concesión en régimen de
concurrencia competitiva de becas y ayudas concedidas para movilidad internacional de
la Universidad de Huelva, aprobadas en Comisión de Relaciones Internacionales de 12
de febrero de 2021 y en Consejo de Gobierno de 21 de junio de 2021.

Cuarto. Personas beneficiarias.
1.1. La persona solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar matriculada, en la Universidad de Huelva, durante el curso académico
2022/2023, en una de las titulaciones de carácter oficial para las que exista oferta.
b) Estar matriculada en la Universidad de Huelva en la titulación para la que se le ha
concedido la plaza de movilidad en el curso 2023/2024.
c) No haber disfrutado con anterioridad de una movilidad Erasmus+, LLP Erasmus o
Erasmus Mundus para su ciclo de estudios: Grado Superior en Formación Profesional o
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274226

Tercero. Financiación.
La adjudicación de una plaza de movilidad NO conlleva la dotación económica
con carácter automático, sino que la posible ayuda y el importe de la misma estarán
supeditados a la financiación que la UHU reciba para este fin de organismos externos.
La dotación económica, en todo caso, será la correspondiente al tiempo de estancia
real del estudiante en la universidad de destino, y siempre como máximo, la que
corresponda al número de meses que se establecen para cada plaza en el Anexo I, con
la limitación que determinen los organismos financiadores. Solo en casos de ampliación
de estancia debidamente autorizada, y siempre que sea viable presupuestariamente,
podrá ampliarse también la dotación económica de la ayuda. En todo caso, esta decisión
corresponde exclusivamente al Vicerrectorado de Internacionalización y Compromiso
Global.
Las ayudas se harán efectivas con cargo a las aplicaciones presupuestarias
80.01.06.00 321-A 481.99 procedentes del SEPIE y a la 80.01.06.02 321-A 481.01, solo
para los países indicados, procedente de la Junta de Andalucía. La dotación económica,
en todo caso, será la correspondiente al tiempo de estancia real del estudiante en el
centro de acogida y a la limitación en número de meses de las entidades financiadoras.