Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/243-2)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se convoca para el ejercicio 2023 la presentación de solicitudes de pago de la ayuda de los fondos y programas operativos por parte de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas, y la cuenta justificativa de las asociaciones de organizaciones de productores de frutas y hortalizas, al amparo del Reglamento de Ejecución (UE) núm. 2017/892 de la Comisión, de 13 de marzo de 2017, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas, y por la que se establecen los plazos para las notificaciones de las operaciones de gestión de crisis, y de ejecución de las actuaciones medioambientales y cursos de formación para la anualidad 2023.
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Número 243 - Miércoles, 21 de diciembre de 2022

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Las organizaciones de productores de frutas y hortalizas son entidades asociativas
con personalidad jurídica propia (cooperativas, sociedades agrarias de transformación,
sociedades mercantiles) constituidas por productores de frutas y hortalizas o entidades
que los agrupen. Estas entidades deben reunir unos requisitos mínimos en cuanto a
número de socios y valor de la producción comercializada para poder ser reconocidas
como tales organizaciones de productores de frutas y hortalizas por los Estados
miembros, y se deben comprometer a cumplir determinadas normas en relación con su
objeto, organización y funcionamiento.
Las organizaciones de productores de frutas y hortalizas se configuran como elemento
base del régimen normativo del sector de frutas y hortalizas para el reagrupamiento, con
carácter voluntario de la oferta en los mercados en origen y por ello, deben tener por
objeto principalmente el asegurar la programación de la producción y su adaptación a
la demanda en lo que respecta, en particular, a la calidad y cantidad, a concentrar la
oferta y a la comercialización de la producción, al objeto de poder optimizar los costes de
producción y estabilizar los precios de producción.
Las organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas pueden acceder
a ayudas financieras comunitarias para la constitución de un fondo financiero, denominado
fondo operativo, que servirá para financiar el contenido del respectivo programa operativo
que la entidad tenga aprobado para un período de 3 a 5 años. El programa operativo es
un plan de acción establecido por la organización de productores de frutas y hortalizas
en el cual desglosa el conjunto de inversiones y acciones que pretende llevar a cabo
en la anualidad de que se trate (inversiones en explotaciones agrícolas, en naves de
manipulado y comercialización, en medidas de calidad e innovación, certificación, etc.).
Las asociaciones de organizaciones de productores de frutas y hortalizas se
crean a iniciativa de organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas
que lo soliciten, con el fin de desarrollar cualquiera de las actividades o funciones de
las organizaciones de productores, pudiendo presentar también programas operativos
parciales, consistentes en un conjunto de medidas y acciones incluidas en los programas
operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas que la integran que
vaya a ejecutar la asociación, y supongan solo parte de las contenidas en los programas
operativos individuales de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas.
La aprobación de los programas operativos de las organizaciones de productores
de frutas y hortalizas y programas operativos parciales de las asociaciones de
organizaciones de productores de frutas y hortalizas, es decir, del conjunto de medidas
que van a ser subvencionadas con fondos europeos, corresponde a las Comunidades
Autónomas o Regiones de los diversos Estados Miembros de la Unión.
En la Comunidad Autónoma de Andalucía, el reconocimiento de entidades, la
aprobación de programas operativos y sus modificaciones, así como la gestión y
control de las solicitudes de ayudas y autorización de pagos de la ayuda financiera, es
competencia de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados.
A nivel autonómico se publicó la Resolución de 29 de julio de 2021, de la Dirección
General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se convoca la presentación de
solicitudes de aprobación de proyectos de programas operativos y de dotación de fondo
operativo y de sus modificaciones de anualidades no comenzadas y de modificaciones
durante la anualidad en curso, así como la comunicación resumen de estas, por parte de
las organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas, o las asociaciones
de organizaciones de productores de frutas y hortalizas cuyo plazo de presentación para
cada anualidad está contemplado en el Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 y la Resolución de 27 de julio de
2022 de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se modifica
la Resolución de 29 de julio de 2021, por la que se convoca la presentación de solicitudes
de aprobación de proyectos de programas operativos y de dotación de fondo operativo
y de sus modificaciones de anualidades no comenzadas y de modificaciones durante
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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