Disposiciones generales. Universidades. (2022/243-5)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se publica el extracto de Resolución del Vicerrector de Estudiantes y Empleabilidad de la Universidad de Granada, de 14 de diciembre de 2022, por la que se publica la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de ayudas a empresas y entidades sin ánimo de lucro o de marcado interés social.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 243 - Miércoles, 21 de diciembre de 2022

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1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Universidad de Granada, por
la que se publica el extracto de Resolución del Vicerrector de Estudiantes y
Empleabilidad de la Universidad de Granada, de 14 de diciembre de 2022,
por la que se publica la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva
para la concesión de ayudas a empresas y entidades sin ánimo de lucro o de
marcado interés social.
BDNS (Identif.): 664061.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/664061
Primero. Requisitos de participación.
Para poder solicitar esta ayuda las entidades deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser entidad sin ánimo de lucro o de marcado interés social que trabaje con colectivos
con discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales.
- Solicitar la ayuda de la presente convocatoria por Sede Electrónica de la Universidad
de Granada mediante solicitud Genérica
(https://sede.ugr.es/procs/Solicitud-generica-para-la-UGR/)
en el plazo establecido en la convocatoria.
- A fecha de la solicitud, las entidades deberán estar al corriente de sus obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en la normativa
vigente, y no ser deudoras por obligaciones de reintegro. Además, no podrán ser
beneficiarias las entidades en las que concurran cualquiera de las prohibiciones
previstas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Estar registrados en la plataforma de gestión de prácticas ÍCARO y realizar las
ofertas dentro del plazo establecido.
- Al estar financiadas con fondos públicos, en virtud del art. 35.7 de la normativa de
prácticas académicas externas de la Universidad de Granada, no podrán solicitar
uno o varios estudiantes concretos para la realización de las prácticas.

Tercero. Dotación y pago de las ayudas.
-L
 a dotación máxima para la presente convocatoria es de 75.600 €, financiada por la
Universidad de Granada con cargo a los siguientes centros de gasto del ejercicio 2023:
3020970001 422D 485.99: 43.600,00 €
3020970000 422D 485.99: 32.000,00 €
- Las cuantías a aportar quedarán sujetas a la condición suspensiva de existencia
de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la
concesión de estas ayudas en el ejercicio correspondiente.
- A las entidades beneficiarias se les abonará la cantidad de 360 € al mes por cada
práctica de los estudiantes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274085

Segundo. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto colaborar con empresas e instituciones sin
ánimo de lucro o marcado interés social que trabajen con colectivos con discapacidades
físicas, psíquicas o sensoriales mediante la concesión de ayudas para la financiación
de una bolsa o ayuda al estudio para la realización de prácticas académicas externas
extracurriculares de estudiantes de la Universidad de Granada.