Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/243-32)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de Facultativo/a Especialista de Área, Medicina Interna, en plazas diferenciadas en las Unidades de Enfermedades Infecciosas de los Hospitales del Servicio Andaluz de Salud.
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Número 243 - Miércoles, 21 de diciembre de 2022

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b) Nombramiento como personal estatutario fijo del Sistema Nacional de Salud, en la
categoría/especialidad a la que se concursa.
No será necesaria presentar esta certificación si su nombramiento como personal
estatutario fijo en la categoría/especialidad a la que concursa es en el Servicio Andaluz
de Salud, al estar disponible esta información en el Sistema de Información de Personal
del Servicio Andaluz de Salud (Gerhonte).
c) Las personas concursantes que se encuentren, en la categoría/especialidad a
la que se concursa, en situación de activo deberán presentar certificación de servicios
prestados, emitida por la Dirección del Centro, en la que pueda comprobarse dicha
situación.
No será necesario presentar documentación acreditativa de dicha situación si
la Resolución fue dictada por el Servicio Andaluz de Salud, al estar disponible esta
información en el Sistema de Información de Personal del Servicio Andaluz de Salud
(Gerhonte).
d) Las personas concursantes que se encuentren en situación de reserva de plaza,
en la categoría/especialidad a la que se concursa, deberán adjuntar Resolución de
concesión de dicha reserva o certificación acreditativa de la misma.
No será necesario presentar documentación acreditativa de dicha situación si
la Resolución fue dictada por el Servicio Andaluz de Salud, al estar disponible esta
información en el Sistema de Información de Personal del Servicio Andaluz de Salud
(Gerhonte).
e) Las personas concursantes que se encuentren en situación distinta a la de activo
sin reserva de plaza, en la categoría/especialidad a la que se concursa, deberán adjuntar
Resolución de la concesión de dicha situación o certificación acreditativa de la misma.
No será necesario presentar documentación acreditativa de dicha situación si
la resolución fue dictada por el Servicio Andaluz de Salud, al estar disponible esta
información en el Sistema de Información de Personal del Servicio Andaluz de Salud
(Gerhonte).
3.7. Los concursantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en su
solicitud.
3.8. De acuerdo con lo establecido en al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la
solicitud no reuniera los datos exigidos, o no se aportara la documentación acreditativa
de los requisitos exigidos, se requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de
diez días hábiles, subsane la falta.
3.9. Autobaremo y acreditación de méritos.
Las personas concursantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos
conforme al baremo contenido en el Anexo II.
a) Méritos a valorar: Los méritos a valorar por la Comisión de Valoración en este
proceso serán los recogidos en el anexo II de esta convocatoria y se valorarán con
referencia al día de publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tales méritos deberán estar registrados en el sistema informático «currículum digital»
contenido en la VEC, cumplimentado los formularios electrónicos correspondientes al
alta de cada uno de los méritos y anexando la documentación al sistema por la persona
interesada en la forma y plazos que se indican en esta convocatoria. La persona aspirante
se responsabilizará de la veracidad de los documentos adjuntados.
Solo podrán ser valorados por la Comisión de Valoración los méritos de las personas
que hayan sido alegados y autobaremados por las personas interesadas en la forma y
plazos que se indican en la presente convocatoria.
Por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva la comisión de
Valoración no podrá tomar en consideración aquellos méritos que no hubieran sido
acreditados firmados y presentados electrónicamente en el sistema informático
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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