Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/243-4)
Orden de 15 de diciembre de 2022, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, reguladas en la Orden de 9 de junio de 2021, por la que se aprueban sus bases reguladoras, en el ámbito de las competencias de la Consejería.
4 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 243 - Miércoles, 21 de diciembre de 2022

página 20965/2

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Decreto
282/2010, de 4 de mayo, en el apartado 4 del dispositivo Primero de la Orden de 1
de agosto de 2022, y en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274128

La referida Orden de 1 de agosto de 2022, recoge en el apartado 4 de su
dispositivo primero, que «(...) se podrá disponer de una cuantía adicional máxima por
la diferencia entre el importe actualmente disponible y el importe finalmente resultante
de la distribución de la asignación tributaria con cargo al 0,7% del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades que lleve a cabo el
Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a
la Dependencia; la aplicación de esta cuantía adicional a la concesión de subvenciones
no requerirá de una nueva convocatoria. La efectividad de esta cuantía adicional queda
condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación de la
modificación presupuestaria que proceda en un momento anterior, en cualquier caso, a
la resolución de concesión de la subvención. La declaración de créditos disponibles, que
será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no implicará la apertura de
un plazo para la presentación de nuevas solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo del
plazo para dictar y notificar la resolución».
El Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía
y Atención a la Dependencia aprobó, en sesión ordinaria de 18 de junio de 2021, el
Acuerdo estable sobre los fondos del 0,7% de IRPF e Impuesto de Sociedades destinados
al tercer sector de acción social, autorizado por el Consejo de Ministros en reunión de 5
de octubre de 2021. Este acuerdo tiene una duración de 5 años y en él se dispone que,
tras superar las circunstancias excepcionales de 2020, que fue el primer año en que
se contó con los recursos procedentes del Impuesto de Sociedades, se incluye tanto
estos últimos como los procedentes de IRPF en un mismo modelo mixto, con un tramo
autonómico y otro estatal que se determinarán de forma conjunta.
Con fecha 27 de junio de 2022, el Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y
del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia acordó la distribución del reparto
autonómico entre las comunidades y ciudades autónomas del crédito destinado a subvencionar
programas de interés general considerados de interés social con cargo a la asignación
tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Impuesto de
Sociedades destinadas al Tercer Sector de Acción Social para 2022, correspondiéndole a la
Comunidad Autónoma de Andalucía un importe de 53.875.395,05 euros.
Con fecha 25 de noviembre de 2022 se publicó en el Boletín Oficial del Estado
la Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos
Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales
y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre la concesión de
subvenciones a los programas de interés general con cargo a la asignación tributaria
del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre
Sociedades, para el año 2022, en el que se recoge la distribución final del tramo
autonómico según lo acordado por el Pleno de 4 de noviembre de 2022, así como los
aspectos centrales del régimen de las referidas subvenciones y el régimen de gestión
financiero-administrativa entre el Estado y las comunidades autónomas y ciudades con
estatuto de autonomía.
Una vez aprobado el crédito definitivo correspondiente a la Comunidad Autónoma
de Andalucía destinado a subvencionar programas de interés general considerados de
interés social con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del IRPF y del Impuesto de
Sociedades, con carácter previo a la emisión de las respectivas propuestas provisionales
de resolución, procede la declaración del nuevo crédito disponible con objeto de
incrementar la dotación presupuestaria destinada a las solicitudes que reúnan los
requisitos exigidos en la normativa aplicable.