3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/242-33)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se prorrogan los cánones de regulación y tarifas de utilización del agua vigentes en las cuencas intracomunitarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2023.
4 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 242 - Martes, 20 de diciembre de 2022

página 20862/2

régimen jurídico del Tribunal Económico-Administrativo de la Junta de Andalucía, en la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el Reglamento General de
desarrollo de esta ley en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por el Real
Decreto 520/2005, de 13 de mayo.
En el mismo plazo y ante esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los
artículos 222 y 223 de la citada Ley General Tributaria, podrá interponerse, con carácter
potestativo, recurso de reposición, en cuyo caso no podrá promoverse reclamación
económico-administrativa hasta la resolución expresa o presunta del mismo.
Lo que se comunica para general conocimiento.
Sevilla, 13 de diciembre de 2022.- El Director General, Álvaro Real Jiménez.
A NE XO
CÁNONES DE REGULACIÓN (CR) Y TARIFAS DE UTILIZACIÓN DEL AGUA (TUA)
DE LOS DISTRITOS HIDROGRÁFICOS GUADALETE-BARBATE, TINTO-ODIELPIEDRAS Y MEDITERRÁNEO PARA EL EJERCICIO 2023
A. DISTRITO HIDROGRÁFICO GUADALETE-BARBATE
1. Sistema de Regulación General de la cuenca del Guadalete.
1.1. Canon de Regulación General para cauces directamente regulados.
Los aprovechamientos beneficiados que se consideran integrados en el Sistema de
Regulación General del Guadalete son los formados por los embalses de Bornos-Arcos,
Zahara y Guadalcacín II.
Relación de cauces directamente regulados con indicación del origen y final de la
regulación:
Ríos Directamente Regulados
Origen Regulación
Guadalete
Embalse Zahara
Majaceite
Embalse Guadalcacín II

Final Regulación
Desembocadura
Confluencia con río Guadalete

Los usuarios de aprovechamientos afectados por los cauces anteriormente citados
vendrán obligados al pago del siguiente canon:
Regadíos (€/ha)

Abastecimientos y Usos Industriales
Consuntivos (€/hm³)

Usos Industriales no
Consuntivos (€/hm³)

82,65

50.114,29

5.299,48

1.2. Canon de Regulación General para ríos no regulados (concesiones posteriores
al año 1959).

Regadíos (€/ha)

Abastecimientos y Usos Industriales
Consuntivos (€/hm³)

Usos Industriales no
Consuntivos (€/Hm³)

36,23

21.939,33

1.052,52

1.3. Canon de Regulación General y Tarifa de Utilización del Agua para zonas
regables estatales.
Los beneficiarios de la Zona Regable del Guadalcacín vendrán obligados al abono del
Canon de Regulación General y una Tarifa de Utilización del Agua que suman 97,19 €/ha,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274055

Los distintos usuarios vendrán obligados al pago del siguiente canon: