Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/242-6)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la inversión para la modernización y gestión sostenible de infraestructuras de las artes escénicas y musicales en Andalucía, al amparo del «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU».
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 242 - Martes, 20 de diciembre de 2022

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ANEXO I

5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS (Continuación)
1.5 Consolidación y proyección futura del de proyecto. (5 puntos).
Se valorará la continuidad y visión de futuro de la inversión objeto del proyecto.
1.6 Repercusión y presencia de la sala en el territorio.(5 puntos).
Se valorará la importancia de la sala en el territorio y el público objetivo de influencia.
2. Criterios cuantitativos. Máximo 40 puntos.
2.1. Esfuerzo inversor de la entidad solicitante. (Máximo10 puntos).
a) Si el solicitante financia del 21% al 30% del presupuesto total.(3 puntos).
b) Si el solicitante financiacia entre el 31% al 40% del presupuesto total.(6 puntos).
c) Si el solicitante financia más del 40 % del presupuesto total.(10 puntos).
2.2. Aforo del espacio escénico. (Máximo 10 puntos).
a) Aforo de 50 a 100. 3 puntos.
b) Aforo de 101 a 150. 6 puntos.
c) Aforo superior a 150. 10 puntos.
2.3. Número y estabilidad del personal contratado en la sala (Contratos laborales de duración superior a 6 meses). (Máximo 10
puntos).
a) 5 o más trabajadores (2 puntos por trabajador). (Máximo 10 puntos).
b) Entre 3 y 4 trabajadores (1,5 puntos por trabajador). (Máximo 6 puntos).
c) 2 trabajadores (1 punto por trabajador). (Máximo 2 puntos).
2.4. Por tener mujeres contratadas en la sala en un porcentaje igual o superior al 40% de la plantilla (los contratos laborales
computables tendrán una duración superior a 6 meses). (5 puntos).
2.5. Por tener en plantilla o incorporar al proyecto, al menos durante 6 meses, como mínimo a una persona trabajadora con
discapacidad con un grado igual o superior al treinta y tres por ciento reconocido por el organismo competente, por encima de las
exigencias establecidas en el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. (5 puntos).
En caso de empate en las puntuaciones totales, serán preferentes las solicitudes que hayan obtenido mayor puntuación en los
apartados 1.1. y 2.1. por orden decreciente de importancia. Si aún así persistiera el empate, se atendrá sucesivamente a la
puntuación obtenida en el resto de criterios de valoración por orden decreciente de importancia.

6. SOLICITUD, LUGAR, FECHA Y FIRMA
La persona abajo firmante DECLARA, bajo su expresa responsabilidad, que son ciertos cuantos datos figuran en la presente solicitud
y SOLICITA la concesión de la subvención consistente por importe de:

En

, a la fecha de la firma electrónica.
LA PERSONA SOLICITANTE / REPRESENTANTE

Fdo.:

PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE LA AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES
A 0 1 0 1 4 0 8 2

00274078

003700

Código Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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