Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/241-11)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre designación, próximo a quedar vacante, en la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Lunes, 19 de diciembre de 2022

página 20665/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General del Profesorado
y Gestión de Recursos Humanos, por la que se anuncia convocatoria pública
para cubrir puesto de trabajo de libre designación, próximo a quedar vacante,
en la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.1 y 26.2 de la Ley 6/1985, de 28
de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en los
artículos 60 a 66 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento
General de ingreso, promoción interna y promoción profesional de los funcionarios de
la Administración General de la Junta de Andalucía, y a petición del centro directivo al
que esta adscrito el puesto, esta Dirección General, en virtud del Decreto del Presidente
10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, del Decreto 154/2022, de
9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, y en uso de la competencia conferida por la Orden
Orden de 7 de noviembre de 2019 (BOJA núm. 228, de 26 de noviembre), por la que se
delegan competencias en órganos directivos y entidades de la Consejería, anuncia la
provisión de puesto de trabajo, por el sistema de libre designación, con sujeción a las
siguientes bases:
Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo de libre designación que se
detalla en el anexo de la presente resolución.

Tercera. 1. Las solicitudes deberán dirigirse a la Dirección General del Profesorado y
Gestión de Recursos Humanos y serán presentadas en el plazo de quince días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, obligatoriamente en el Registro Electrónico General
de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o en los registros electrónicos de cualquiera de los ámbitos
del sector público a que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo único del Decreto-ley 27/2020, de
22 de octubre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan diversas
medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19),
la presentación de las solicitudes de participación en los procesos de provisión de
puestos de trabajo, así como la realización de los demás trámites y actos de las personas
participantes, se realizarán obligatoriamente a través de medios electrónicos, en la forma
establecida para el sistema de identificación y firma para los empleados públicos en el
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de
procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
2. En la solicitud figurarán los datos personales, haciendo constar el número de registro
personal y el puesto que se solicita, acompañando hoja de acreditación de datos o «curriculum
vitae» en el que se acreditarán títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados y
cuantos otros méritos se relacionen con el contenido del puesto que se solicita.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario que
reúna los requisitos señalados para el desempeño de los mismos en el anexo que se
acompaña y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.