5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/241-49)
Anuncio de 9 de diciembre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, de resolución favorable relativa a la concesión de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, convocadas por Orden de 30 de octubre de 2018 (BOJA núm. 211, de 31 de octubre), y reguladas por Orden de 17 de octubre de 2018 (BOJA núm. 203, de 19 de octubre).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Lunes, 19 de diciembre de 2022

página 20739/6

f) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las personas
beneficiarias así como de los compromisos por éstas asumidos, con motivo de la
concesión de la subvención, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo
dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de
las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes
públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
En caso de incumplimiento parcial, para la determinación de la cantidades reintegrar,
se tendrán en cuenta las mensualidades en las que se ha producido dicho incumplimiento,
perdiéndose el derecho al cobro de las que resten.
Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público.
El interés de demora aplicable en materia de subvenciones será el interés legal del dinero
incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del
Estado o la normativa comunitaria aplicable establezcan otro diferente.
Régimen sancionador, de conformidad a la base decimosegunda de las Bases
Reguladoras:
Las infracciones administrativas cometidas en relación con las subvenciones se
sancionarán conforme a lo establecido en los artículos 52 y siguientes de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre.
Contra la presente resolución, que pone fin al procedimiento y que agota la vía
administrativa, cabe interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante
la Ilma. Sra. Delegada Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
en Málaga en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de
conformidad con lo establecido por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo establecido por el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier recurso que se
estime procedente.

00273881

Málaga, 9 de diciembre de 2022.- La Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda (P:D. Base decimosexta de la Orden de 17 de octubre de 2018, BOJA núm. 203,
de 19 de octubre), la Delegada, Carmen Casero Navarro.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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