5. Anuncios. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/241-53)
Acuerdo de 29 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, para notificación.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Lunes, 19 de diciembre de 2022

página 20726/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Acuerdo de 29 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, para notificación.
Acuerdo de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
en Córdoba, por la que se ordena la notificación por edicto de la Resolución de acuerdo
de inicio de procedimiento de desamparo (DPCO) 353-2022-00001402-1 a doña Andrea
Georgiana Blaga con respecto a E.J.O.
Lo que pongo en su conocimiento a los efectos de comunicarle que según el
artículo 24.1 del Decreto 41/2002, de 12 de febrero, por el que se regula el régimen de
desamparo, tutela y guarda administrativa, dispone de un plazo de quince días hábiles,
a contar desde el siguiente a esta notificación, para aportar cuantas alegaciones y
documentos estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los
medios de que dependan valerse.
En los procedimientos que se instruyen en esta Delegación y conforme a lo que
dispone el artículo 26 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del régimen de desamparo,
tutela y guarda se ha acordado conceder trámite de audiencia para poner de manifiesto
a padres, tutores o guardadores por término de diez días hábiles, a contar a partir
del siguiente a la presente notificación, el procedimiento instruido a fin de que pueda
presentar las alegaciones y documentos que estime conveniente.
Contra esta resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia
de Córdoba en el plazo de dos meses de su notificación, conforme a los trámites
establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de
Enjuiciamiento Civil.
Para la citada formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia,
los interesados podrán solicitar ante el Ilustre Colegio de Abogados de esta ciudad, el
reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley 1/1996,
de 10 de enero, el cual comprende, entre sus prestaciones, la defensa y representación
gratuitas por abogado y procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención
de estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le significa que
puede personarse en el Servicio de Protección de Menores de la Delegación Territorial
de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

00273872

Córdoba, 29 de noviembre de 2022.- La Delegada, Dolores Sánchez Moreno.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja