Autoridades y personal. Universidades. (2022/239-14)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca a concurso de acceso plazas de Catedrático de Universidad por el sistema de promoción interna.
13 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Jueves, 15 de diciembre de 2022

página 20536/7

El tiempo transcurrido entre la constitución de las Comisiones Evaluadoras y la
resolución de los concursos no podrá exceder de cuatro meses naturales. A efectos de
cómputo de los plazos se excluirá el mes de agosto, durante el cual no tendrán lugar
actuaciones de las Comisiones Evaluadoras de Acceso.

Novena. Presentación de documentos y nombramientos.
El candidato propuesto para la provisión de la plaza deberá presentar en el Registro
General de la Universidad, en el plazo de veinte días hábiles siguientes al de conclusión
de la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, los siguientes documentos:
a) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico
que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del Servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado
para el ejercicio de funciones públicas. En el caso de los aspirantes que no posean la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00273745

Octava. Propuesta de provisión.
Finalizada la prueba del concurso, la Comisión Evaluadora hará público el resultado
de la evaluación de cada candidato desglosada en los distintos aspectos evaluados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 del Real Decreto 1313/2007,
de 5 de octubre, la Comisión Evaluadora propondrá al Rector, motivadamente y con
carácter vinculante, una relación de todos los candidatos por orden de preferencia para
su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas
convocadas a concurso.
El proceso podrá concluir con la decisión de la Comisión Evaluadora de no proveer la
plaza convocada.
Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión, en el plazo de los tres días
hábiles siguientes al de finalización de las actuaciones de aquélla, entregará en el
Servicio de Planificación de Recursos Humanos (Procesos Selectivos) de la Universidad
el expediente administrativo del concurso, incluido el currículum vitae.
Los candidatos podrán acceder a los informes o valoraciones efectuadas por los
miembros de la Comisión y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes
copias, previo abono de los precios públicos exigibles.
Contra la propuesta de la Comisión, que se hará pública en el lugar donde se celebre
la prueba, los candidatos admitidos al concurso podrán presentar reclamación, en el
plazo máximo de diez días computados a partir del siguiente a dicha publicación, ante el
Rector de la Universidad, para que sea valorada por la Comisión de Reclamaciones en
los términos previstos en el artículo 10 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, y
artículo 26 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento hasta su
resolución definitiva.
Esta reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones de la Universidad
de Córdoba, que examinará el expediente relativo al concurso, valorará los aspectos
puramente procedimentales y verificará el efectivo respeto por parte de la Comisión
encargada de resolver el concurso de las garantías constitucionales de igualdad de
condiciones, de mérito y de capacidad de los aspirantes.
La Comisión de Reclamaciones oirá a los miembros de la Comisión contra cuya
resolución se hubiera presentado la reclamación, así como a los aspirantes que
hubieran participado en las mismas. Podrá, asimismo, solicitar informes de especialistas
de reconocido prestigio. En cualquier caso, la Comisión ratificará o no la propuesta
reclamada en el plazo máximo de tres meses. El transcurso del plazo establecido sin
resolver, se entenderá como rechazo de la reclamación presentada.