Autoridades y personal. Universidades. (2022/239-14)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca a concurso de acceso plazas de Catedrático de Universidad por el sistema de promoción interna.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Jueves, 15 de diciembre de 2022

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Segunda. Requisitos de los candidatos.
Para ser admitidos a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
1. Requisitos generales.
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge,
de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores
de edad dependientes. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares
de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
Igualmente, podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no comunitaria
cuando, en el Estado de su nacionalidad, a los españoles se les reconozca aptitud legal
para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de
los Cuerpos Docentes Universitarios españoles. Sobre este efectivo reconocimiento de la
aptitud legal, el Consejo de Universidad recabará informe de los Ministerios de Asuntos
Exteriores y de Administraciones Públicas.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la máxima de
jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban, en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el
acceso al empleo público.
e) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un
conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.
f) Los nacionales de Estados distintos a los de la Unión Europea deberán estar en
posesión del permiso de residencia.
2. Requisitos específicos.
a) Estar acreditado para el cuerpo docente de Catedrático de Universidad, conforme a lo
establecido en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre. En el caso de haber sido acreditado
tras la modificación introducida por el Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo, deberá serlo
por la misma rama de conocimiento a la que corresponde el Área de Conocimiento de la
plaza convocada, todo ello de acuerdo con el Anexo I del Real Decreto 1312/2017.
Asimismo, podrán presentarse quienes hubieran resultado habilitados conforme a lo
establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de
habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y
el régimen de los concursos de acceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 4
del Real Decreto 1313/2007.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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telemática en los procedimientos de selección de plazas de Profesor Contratado Doctor y de
concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, incluyendo las plazas vinculadas
al Servicio Andaluz de Salud (BOUCO de 9.6.20); las presentes bases de convocatoria, las
normas de general aplicación y, en lo no previsto, por las disposiciones estatales que regulan
el régimen general de ingreso en la Administración Pública.