3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/239-22)
Orden de 7 de diciembre de 2022, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de unos bienes muebles de carácter artístico ofrecidos por don Dmitry Vilensky.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Jueves, 15 de diciembre de 2022

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integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz, quedando exceptuada del requisito de
previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el artículo 80 de la
Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El
artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de
Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la persona titular
de la Consejería competente en materia de cultura, la competencia para aceptar esta
donaciones de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz.
Cuarto. El artículo 101, apartados 1 y 2, del Reglamento de Protección y Fomento
del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 19/1995, de 7 de febrero,
establece que las personas propietarias que pretendan donar bienes integrantes
del Patrimonio Histórico Andaluz a la Junta de Andalucía, se dirigirán por escrito a la
Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, describiendo los bienes objeto de la donación
y aportando cuantos datos estimen pertinentes. La Consejería de Turismo, Cultura
y Deporte, una vez estimado el valor cultural de los bienes, podrá aceptar la donación
siempre que se trate de bienes muebles y se cumpla lo establecido en los párrafos
segundo y tercero del artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo.
Por su parte, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone en su artículo 2 que el
Patrimonio Histórico Andaluz se compone de todos los bienes de la cultura, materiales
e inmateriales, en cuanto se encuentren en Andalucía y revelen un interés artístico,
histórico o documental para la Comunidad Autónoma, y en el artículo 42.1 que forman
parte del Patrimonio Histórico Andaluz los bienes muebles de relevancia cultural para
Andalucía que se encuentren establemente en territorio andaluz.
Quinto. El artículo 15.e) de los Estatutos del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo,
aprobados por Decreto 68/2018, de 20 de marzo, determina que corresponde a la
Comisión Técnica, informar y valorar las propuestas de incremento de los fondos artísticos
del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, en cuyo caso no será necesario solicitar
la valoración de la Comisión Andaluza de Bienes Muebles prevista en el artículo 19.c)
del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía,
informe que fue emitido en sentido favorable el día 7 de julio de 2022.
Por lo expuesto, visto el informe de la Comisión Técnica y la propuesta de la Dirección
del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo citados,
RESU ELVO
Primero. Aceptar la donación de los bienes muebles del Patrimonio Histórico,
ofertados por don Dmitry Vilensky, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
cuyas características se relacionan en el anexo.

Tercero. Ordenar que, por la persona titular de la dirección del Centro Andaluz de
Arte Contemporáneo, se levante acta de recepción definitiva, mencionando la presente
orden de aceptación de la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00273703

Segundo. Adscribir y depositar y depositar los bienes relacionados en el anexo
en el Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, los cuales pasarán a formar parte de
la Colección Museística de Andalucía y de los fondos artísticos que comprenden la
colección estable del Centro.