Autoridades y personal. Universidades. (2022/238-36)
Resolución de 8 de diciembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesores Ayudantes Doctores para el curso 2022/2023 en el Campus de Granada, para atender necesidades docentes urgentes e inaplazables.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 238 - Miércoles, 14 de diciembre de 2022

página 20438/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
Resolución de 8 de diciembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que
se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesores
Ayudantes Doctores para el curso 2022/2023 en el Campus de Granada, para
atender necesidades docentes urgentes e inaplazables.
Conforme a las normas contenidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; los Estatutos
de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del
Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de
enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades;
el Real decreto 898/85, de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y las
posteriores modificaciones del mismo; el 1.er Convenio Colectivo del Personal Docente e
Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, publicado
en el BOJA de 9 de mayo de 2008, concurriendo necesidades urgentes e inaplazables
para el curso 2022/23, se convoca concurso público para la adjudicación de contratos
de Profesores Ayudantes Doctores en los ámbitos de conocimiento que se indican en el
anexo correspondiente de esta convocatoria.

2. Características y requisitos.
2.1. Tipo de contrato: Laboral.
2.2. Duración: Cinco años. La duración del contrato será de 5 años, detrayéndose de
dicho plazo, los periodos de contratación que los interesados hayan estado contratados
en cualquier Universidad Pública en dicha figura de Profesor Ayudante Doctor. El tiempo
total de duración conjunta de Profesor Ayudante y Profesor Ayudante Doctor, no podrá
exceder de ocho años. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción
o acogimiento durante el periodo de duración del contrato, interrumpirán su cómputo
(art. 50.d) LOU).
2.3. Edad: Haber cumplido 16 años y no superar la edad reglamentaria de jubilación.
2.4. Régimen de dedicación: Tiempo completo.
2.5. Horario: En jornada de mañana y/o tarde (a determinar por el Departamento).
2.6. Titulación: Estar en posesión del título de Doctor.
2.7. Acreditación: Poseer evaluación positiva de la actividad docente y de investigación,
para Profesor Ayudante Doctor, por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la
Calidad y Acreditación o bien de la Agencia Andaluza del Conocimiento.
2.8. Las personas que participen por el cupo de discapacitados deberán tener
reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, de acuerdo con lo dispuesto
en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su
inclusión social.
2.9. Retribuciones: Serán las establecidas para esta figura contractual en el Convenio
Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas de
Andalucía, publicado en el BOJA número 92, de 9 de mayo de 2008.
No podrán concurrir al presente concurso quienes hayan sido separados/as,
mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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1. Plazas.
Las relacionadas como Anexo I adjunto.