Autoridades y personal. Universidades. (2022/237-32)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesores Contratados Doctores.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Martes, 13 de diciembre de 2022

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7. De la propuesta de nombramiento.
7.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 122.2 de los Estatutos de la
Universidad de Granada, la propuesta de nombramiento corresponde efectuarla a la
Comisión de Selección de profesorado permanente, constituida conforme se indica en el
artículo 122.1 de dichos Estatutos.
7.2. La Comisión de Selección propondrá el nombramiento en función de la
propuesta de la Comisión de Evaluación. Cuando aprecie el incumplimiento de alguno
de los requisitos exigidos en la legislación vigente y en estos Estatutos o cuando detecte
errores materiales o formales, la Comisión de Selección remitirá un informe razonado a la
Comisión de Evaluación para que, en el plazo máximo de quince días realice, en su caso,
una nueva propuesta. Si la segunda propuesta no subsanara las deficiencias detectadas,
la Comisión de Selección podrá acordar la no provisión del puesto objeto del contrato y
su inmediata nueva convocatoria.
7.3. La resolución de la Comisión de Selección se hará pública en la página web del
Servicio de Personal Docente e Investigador (serviciopdi.ugr.es), momento a partir del
cual se contarán los plazos para la interposición de recurso de alzada. Así mismo, la
resolución se publicará en el tablón de anuncios del Departamento correspondiente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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6.1.4. En el acto de presentación el/la Presidenta de la Comisión de Evaluación
indicará a los/as aspirantes el plazo de que disponen para examinar la documentación
presentada por el resto de concursantes.
6.1.5. Igualmente, en dicho acto, se convocará a los/as aspirantes para la realización
de las pruebas, señalando para ello el día, hora y lugar, según el orden de actuación
de cada concursante, que se fijará en el sorteo público que a tal fin se celebre en este
mismo acto.
6.1.6. Quienes que no concurran al acto de presentación decaerán en sus derechos a
presentarse a las pruebas selectivas.
6.1.7. El/la Presidente/a de la Comisión de Evaluación velará para que las fechas de
constitución de la Comisión y del acto de presentación se hagan públicas en el tablón de
anuncios del Departamento al que corresponda la plaza.
6.2. Celebración de las pruebas y características de las pruebas.
6.2.1 El concurso constará de una prueba única con dos partes.
La primera parte consistirá en la exposición oral, durante un tiempo máximo de una
hora y media, del currículum vitae y del proyecto investigador. Seguidamente, la Comisión
debatirá con el concursante o la concursante durante un tiempo máximo de dos horas.
La segunda parte consistirá en la exposición oral, durante un tiempo máximo de una
hora y media, del proyecto docente y del tema elegido libremente por el o la concursante
de entre los presentados en su proyecto docente. El proyecto docente se corresponderá
con una asignatura de carácter básico u obligatorio de Grado de las adscritas al área
de conocimiento en el que se convoca la plaza, perteneciente a titulaciones oficiales
impartidas por la Universidad de Granada, previamente determinada en la convocatoria.
Dicho proyecto debe contemplar, al menos, la guía docente de la asignatura (programa,
propuesta de actividades y procedimientos de evaluación). Seguidamente, la Comisión
debatirá con el o la concursante durante un tiempo máximo de dos horas.
6.2.2. La propuesta de la Comisión de Evaluación incluirá una valoración
individualizada de cada concursante, motivada y con asignación de puntuación numérica.
La valoración del currículum vitae supondrá el 50% de la puntuación numérica del
candidato.
6.2.3. El tiempo transcurrido entre la publicación de la lista definitiva de personas
admitidas a concurso y la resolución de la Comisión de Evaluación no podrá exceder
de cuatro meses. A efectos de cómputo de los plazos se excluirá el mes de agosto y los
períodos vacacionales de navidad y semana santa, durante los cuales no tendrán lugar
actuaciones de las comisiones.