Autoridades y personal. Universidades. (2022/237-29)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público para la contratación de Profesorado Asociado de Ciencias de la Salud (Forenses), para la realización de prácticas en el Instituto de Medicina Legal, mediante contrato laboral especial de duración determinada a tiempo parcial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Martes, 13 de diciembre de 2022

página 20301/3

2. Requisitos de los/as candidatos/as.
2.1. Para ser admitidos en el presente concurso público, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
2.1.1.Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea.
Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y de los
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes. Igualmente, se entenderá a las personas incluidas en el ámbito
de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.
2.1.2. Las personas nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán
estar en posesión del permiso de residencia y/o permiso de trabajo correspondiente para
proceder a la firma del contrato, en su caso.
2.1.3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.4. Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
2.1.5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquiera de
las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el
acceso al empleo público.
2.1.6. No estar afectado de incompatibilidad, conforme a lo establecido en la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de
incompatibilidades. El personal incluido en el ámbito de aplicación de la citada ley solo
podrá compatibilizar sus actividades con el desempeño de puestos en el sector público
en los supuestos contemplados en dicha ley.
2.1.7. Estar en posesión del título académico que habilita para el ejercicio de la
profesión. En todos los casos, cuando se trate de titulaciones obtenidas en el extranjero,
deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación, declaración
de equivalencia o reconocimiento profesional del título dirigido al ejercicio de la profesión
de Profesor/a de Universidad, cuando así proceda. Esta documentación será expedida
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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en el acta de resolución de la convocatoria una relación de aspirantes que, a su juicio,
obtienen la puntuación suficiente para formar parte de la mencionada lista.
1.5. Las personas propuestas para ocupar las plazas deberán realizar las funciones
asignadas en la normativa y acuerdos vigentes, respetar el calendario y horario
establecido por el Centro y las actividades docentes asignadas por el Departamento.
1.6. Las personas propuestas deberán presentar la documentación necesaria para
solicitar la compatibilidad en el momento de la firma del contrato.
1.7. Salvo en los supuestos previstos en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
interposición de un recurso no suspende la ejecución de la resolución de la Comisión
de Contratación, pudiéndose suscribir el correspondiente contrato a la candidatura
propuesta por la misma. Este contrato tendrá validez provisional en tanto no adquiera
firmeza la resolución de la Comisión de Contratación.