5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/237-81)
Anuncio de 5 de diciembre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, sobre pago de justiprecio en expedientes de expropiación forzosa.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Martes, 13 de diciembre de 2022

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5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 5 de diciembre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, sobre pago de justiprecio en
expedientes de expropiación forzosa.
Hechos efectivos los libramientos para el pago de los justiprecios reseñados en los
anexos de este anuncio, esta Delegación Territorial procede a dar publicidad a los titulares
de derechos en los expedientes de expropiación que se señalan, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 49 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como el artículo 48 de la Ley de 16
de diciembre de 1954, sobre Expropiación Forzosa.

1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia
bancaria.
2. Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte. De actuar mediante representación, ésta
deberá ser acreditada por cualquier medio válido en derecho, debiendo aportar original o
fotocopia compulsada, así como copia del Dni de la persona apoderada.
3. En el supuesto de personas jurídicas deberá aportarse CIF y copia compulsada de
la Escritura de Constitución, así como DNI del representante legal, y acreditación de su
nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.
4. Nota Simple (original o fotocopia compulsada) del Registro de la Propiedad, o en
su defecto, título justificativo de su derecho completado con certificaciones negativas del
Registro de la Propiedad referidas a la misma finca.
5. En el supuesto de la finca esté hipotecada o embargada, deberán aportar
autorización o conformidad del acreedor para poder cobrar la cantidad correspondiente.
6. Certificado bancario original donde conste la titularidad de la cuenta.
De no presentar la documentación solicitada, el Justiprecio será depositado en la
Caja General de Depósitos del Servicio de Tesorería de la Delegación del Gobierno en
Málaga, circunstancia que será notificada al interesado o interesada.
En el supuesto de que algún titular expropiado (persona física) desee cobrar mediante
cheque nominativo, deberá solicitarlo de forma expresa mediante escrito dirigido a la
Delegación Territorial.
Al mismo tiempo se hace público este acto para que, si existieran terceras personas
que se considerasen con mejor derecho al percibo de las indemnizaciones, puedan
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00273475

Para el recibo de las cantidades que le correspondan mediante transferencia
bancaria, y al amparo del artículo 48.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 y de los
artículos 52 y siguientes del Decreto 197/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de
Andalucía y de la gestión recaudatoria, habrá de presentarse preferentemente a través
del Registro Telemático de la Junta de Andalucía (www.juntadeandalucia.es/servicios),
o bien en el Registro General de esta Delegación, sita en Plaza San Juan de la
Cruz, núm. 2, 29007 de Málaga, para lo cual deberá solicitarse cita previa en el teléfono
955 062 627 o a través de web lajunta.es/2an6w, todo ello sin perjuicio de lo establecido
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, la siguiente documentación: