Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/236-60)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura del puesto de cargo intermedio de Jefe/a de Sección Facultativo de Otorrinolaringología en el Área de Gestión Sanitaria Norte de Málaga.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Lunes, 12 de diciembre de 2022

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Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes
a partir de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123.1 y
124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, sede de este órgano, en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
BASES REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DEL
PUESTO DE CARGO INTERMEDIO, MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS, DE
JEFE/A DE SECCIÓN FACULTATIVO DE OTORRINOLARINGOLOGÍA EN EL ÁREA
DE GESTIÓN SANITARIA NORTE DE MÁLAGA

2. Requisitos de los aspirantes.
Para poder participar en esta convocatoria los aspirantes deberán reunir los que se
señalan a continuación, referidos al último día de plazo de presentación de solicitudes, y
mantenerlos durante todo el proceso selectivo y mientras dure el nombramiento:
2.1. Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o
del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores
conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros tratados ratificados por España, o tener
reconocido tal derecho por norma legal.
2.2. Estar en posesión del título de Facultativo especialista de Otorrinolaringología
para cuyo acceso se requiera estar en posesión de la titulación de Licenciado o Grado en
Medicina.
2.3. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que
se deriven del correspondiente nombramiento.
2.4. Tener cumplidos 18 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
2.5. Podrá participar toda persona que esté previamente vinculada al Sistema Nacional
de Salud, bien como personal estatutario fijo, personal funcionario de carrera o personal
funcionario docente de la Universidad con plaza vinculada; bien como personal laboral
fijo o indefinido, o personal profesor contratado doctor con vinculación clínica; o bien
como personal funcionario o personal estatutario interino, siempre que su nombramiento
temporal de interinidad se deba a la cobertura de plazas vacantes no cubiertas por
personal funcionario de carrera o personal estatutario fijo.
2.6. No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de
cualquier servicio de salud o Administración pública en los seis años anteriores a la
convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones
públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
2.7. Toda persona de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o
del Espacio Económico Europeo, que reúna los requisitos previstos en el punto 2.5,
podrá participar en los procedimientos de provisión que se convoquen en los términos
establecidos en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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1. Identificación del puesto a cubrir.
1.1. Denominación: Jefe/a de Sección Facultativo de Otorrinolaringología.
1.2. Ámbito: Hospitalario.
1.3. Grupo de clasificación estatutaria: Sanitario.
1.4. Grupo de escala de clasificación profesional: A1.
1.5. Nivel: 26.
1.6. Las retribuciones básicas y complementarias serán las establecidas en la normativa
vigente del Servicio Andaluz de Salud para el puesto convocado.