3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/236-83)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana, por la que se dispone la publicación de la aprobación definitiva de la Modificación núm. 1 del Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de la Provincia de Huelva, junto a su normativa urbanística.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Lunes, 12 de diciembre de 2022

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ANEXO II
MODIFICACIÓN DEL APARTADO 2.A) Y NUEVOS APARTADOS 3.G) Y 3.H)
DE LA NORMA 42 DEL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DEL MEDIO FÍSICO
Y CATÁLOGO DE ESPACIOS Y BIENES PROTEGIDOS DE LA PROVINCIA
DE HUELVA (PEPMF)
2. Con carácter general, en todos los espacios se prohíben:
a) las actuaciones de extracción de áridos y arenas, mineras, instalaciones e
infraestructuras anexas. En los Paisajes Agrarios Singulares coincidentes con la Faja
Pirítica de la provincia (1), esta prohibición alcanzará las actuaciones de extracción de
áridos y arenas y las extracciones mineras a cielo abierto.

00273331

3. Se consideran usos compatibles, de acuerdo a la regulación que en cada caso se
establece, los siguientes:
(…)
g) En los Paisajes Agrarios Singulares coincidentes con la Faja Pirítica de la
provincia (1), con las limitaciones señaladas en el apartado siguiente, las actuaciones
extractivas mineras subterráneas, así como las instalaciones anexas a la explotación,
descritas en el apartado 2.5 del Anexo III, que resulten estrictamente necesarias para
el desarrollo de la actividad extractiva, debiendo proceder a la tramitación urbanística y
evaluación ambiental correspondiente.
h) Se establecen las siguientes limitaciones y condicionantes a las actuaciones
reguladas en el apartado g) anterior:
1. Deberá incorporarse en el procedimiento ambiental al que se sujeten aquellas
actuaciones o partes de las mismas ubicadas o con potencial afección a la red Natura
2000, el análisis de la afección a dicha red, de conformidad con el artículo 46.4 de la
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
2. Se prohíbe la instalación de infraestructuras de cualquier tipo sobre Hábitats de
Interés Comunitario Prioritario o Hábitats de especies de Interés Comunitario Prioritario.
3. En el ámbito del Paisaje Agrario Singular AG-7 «Dehesa de Paymogo», no se
podrán desarrollar actuaciones mineras, incluidas las instalaciones auxiliares, que
afecten a terrenos forestales de dehesa.
4. No se podrán desarrollar actuaciones mineras, incluidas instalaciones auxiliares,
en los suelos del Dominio Público Forestal de los Montes Públicos.
(1) Los Paisajes Agrarios Singulares coincidentes con la Faja Pirítica de Huelva son:
• AG-2 «Dehesa de Las Capellanías».
• AG-4 «Dehesa de San Silvestre».
• AG-5 «Dehesa de Piedras Albas».
• AG-6 «Dehesa de Villanueva de las Cruces».
• AG-7 «Dehesa de Paymogo».
• AG-8 «Dehesa de Santa Bárbara y Cabezas Rubias».

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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