3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/236-83)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana, por la que se dispone la publicación de la aprobación definitiva de la Modificación núm. 1 del Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de la Provincia de Huelva, junto a su normativa urbanística.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Lunes, 12 de diciembre de 2022

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productiva, condicionada por determinantes geográficos y/o por el mantenimiento de
usos y estructuras agrarias tradicionales de interés social y ambiental.
Asimismo, en el apartado 2.a) de la citada Norma 42 se establece que en estos
espacios se prohíben explícitamente las actuaciones de extracción de áridos y arenas,
mineras, instalaciones e infraestructuras anexas. Dicha prohibición carece de justificación
en la Memoria del citado PEPMF.
Cuarto. Mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del
Territorio, de 30 de noviembre de 2017, se autorizó a la persona titular de la Dirección
General de Urbanismo, a formular consulta pública previa relativa a la presente
modificación.
Quinto. Mediante Orden de 5 de marzo de 2021, de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio (publicada en el BOJA núm. 47, de 11 de
marzo de 2021), se dispuso formular la Modificación núm. 1 del Plan Especial de
Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de la provincia
de Huelva, al objeto de modificar la regulación de usos establecida en el mismo, para
posibilitar las actuaciones de extracción subterránea de los recursos mineros de la Faja
Pirítica en los Paisajes Agrícolas Singulares (AG), siempre y cuando una evaluación
ambiental y paisajística lo permita, no permitiéndose las instalaciones anexas a las
actividades mineras.
Se establece que el ámbito de la modificación será el que incluye los suelos delimitados
por el PEPMF como «Paisajes Agrarios Singulares» (AG), y su alcance, la modificación de
la regulación contenida en la Norma 42 “Paisajes Agrarios Singulares (AG)” del Título IV
«Normas Particulares de Regulación de Usos y Actividades» de las Normas de Protección
del citado PEPMF.
Finalmente, se remite la tramitación e impulso del expediente a esta Dirección
General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, a la cual corresponderá resolver sobre
la aprobación definitiva del mismo, en virtud del artículo 6.2.b) del Decreto 36/2014, de 11
de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de
la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

Séptimo. Este centro directivo, mediante resolución de la misma fecha, dispuso
someter a información pública el referido instrumento, su Estudio Ambiental Estratégico
y un resumen no técnico del mismo durante un plazo de cuarenta y cinco días, de
conformidad con el artículo 32.1.2 de la LOUA, y artículos 38.4 y 40.5.g) de la GICA.
La citada resolución ha sido publicada en el BOJA núm. 117, de 21 de junio de 2021,
y en el Diario Huelva Información de 5 de agosto de 2021, y ha sido expuesta en el tablón
de anuncios de los Ayuntamientos de Valverde del Camino, Sanlúcar de Guadiana, El
Granado, Villanueva de los Castillejos, El Almendro, Villanueva de las Cruces, Cerro del
Andévalo, Paymogo, la Puebla de Guzmán, Santa Bárbara de las Casas y Cabezas Rubias.
Durante el periodo de información pública la documentación ha estado disponible
para su consulta en la sede de la Dirección General de Ordenación del Territorio y
Urbanismo y en la de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación
del Territorio en Huelva, estando expuesto además en la Sección de Transparencia del
Portal de la Junta de Andalucía, de conformidad con el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sexto. Mediante Resolución de esta Dirección General de Ordenación del Territorio
y Urbanismo, de 2 de junio de 2021, se dispuso aprobar inicialmente la Modificación
núm. 1 del PEPMF de la provincia de Huelva, junto a su Estudio Ambiental Estratégico,
de conformidad con el artículo 32 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación
Urbanística de Andalucía (LOUA), y artículo 40.5 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de
Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA).