3. Otras disposiciones. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/236-72)
Acuerdo de 5 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se cede gratuitamente al Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules (Cádiz) el uso del inmueble sito en la plaza San Jorge, esquina a la calle Las Monjas, de dicha localidad, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por un plazo de 50 años, con destino a espacio expositivo sede del proyecto «Alejandro Sanz Experience».
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Lunes, 12 de diciembre de 2022

página 20196/2

Quinto. El Cesionario asumirá, por cuenta de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
el pago de las obligaciones tributarias que correspondan a ésta como propietaria del
inmueble citado. En caso de incumplimiento, la deuda no asumida será compensable
con cargo a los créditos que la Entidad Local cesionaria tenga reconocida en el Fondo de
Participación de las Entidades Locales en los tributos de la Comunidad Autónoma.
Asimismo, el cesionario se obliga a mantener en perfecta conservación el inmueble,
siendo responsable de los daños, detrimentos o deterioros causados.
Sexto. El Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules asume, además, las obligaciones
generales previstas en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de
Andalucía.
Séptimo. El Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules deberá recoger en los medios de
identificación externos del inmueble cedido, así como en los de difusión de la actividad
que en el mismo se desarrollará, una mención expresa de que se trata de un inmueble
cedido gratuitamente por la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía
para el destino previsto en el presente acuerdo.
Octavo. Queda expresamente prohibido el arrendamiento y la cesión del bien cedido,
sin perjuicio de que se permita su gestión directa o indirecta por los sistemas previstos
en la legislación de Régimen Local aplicable, respecto de la gestión de las actividades o
servicios que se desarrollen en el mismo.
Noveno. En cumplimiento de lo regulado por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de
mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía de la cesión objeto del presente acuerdo.
Décimo. La Comunidad Autónoma de Andalucía, a través de la Dirección General de
Patrimonio, conservará, en todo caso, las potestades de autotutela sobre el bien cedido,
en orden al ejercicio de las prerrogativas contempladas en el Capítulo I del Título II de la
Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Sevilla, 5 de diciembre de 2022
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

CAROLINA ESPAÑA REINA

00273371

Consejera de Economía, Hacienda
y Fondos Europeos

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja