Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/235-2)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se amplía la cuantía total máxima establecida en la convocatoria de la línea de subvención plurianual 2022, en régimen de concurrencia no competitiva, a ayuntamientos, mancomunidades de municipios y consorcios para el mantenimiento de los Centros Municipales de Información a la Mujer.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 235 - Viernes, 9 de diciembre de 2022

página 19962/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Resolución de 29 de noviembre de 2022, del Instituto Andaluz de la Mujer,
por la que se amplía la cuantía total máxima establecida en la convocatoria
de la línea de subvención plurianual 2022, en régimen de concurrencia no
competitiva, a ayuntamientos, mancomunidades de municipios y consorcios
para el mantenimiento de los Centros Municipales de Información a la Mujer.
Con fecha de 19 de abril de 2022 se publica la Resolución de 8 de abril de 2022, del Instituto
Andaluz de la Mujer, por la que se convoca la línea de subvención plurianual 2022 del
Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia no competitiva, a ayuntamientos,
mancomunidades de municipios y consorcios para el mantenimiento de los Centros
Municipales de Información a la Mujer, cuyas bases reguladoras se encuentran aprobadas
por la Orden de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, de 28 de junio de 2016 (BOJA
número 125, de 1 de julio), modificada por Orden de 8 de marzo de 2018 (BOJA número
50, de 13 de marzo). Siendo la cuantía total máxima destinada a la citada convocatoria de
9.400.000 euros, de los que la cuantía máxima para 2022 es de 4.700.000 euros; y para el
ejercicio correspondiente al año 2023, su cuantía máxima es de 4.700.000. De conformidad
con el apartado 3 del resuelvo tercero de la citada resolución, «la cuantía establecida en
el apartado anterior podrá ampliarse por incrementos en el crédito disponible, en cuyo
caso se podrá aprobar una resolución complementaria de la concesión de subvención que
incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias
por agotamiento del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.e) del Decreto
282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de
Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía».
En el marco de esta convocatoria, ya se han resuelto 171 expedientes de solicitud,
quedando pendientes de resolver 8 expedientes de solicitud más que, cumpliendo todos
los requisitos, en este momento, no han sido beneficiarias por agotamiento del crédito.
Disponiendo de crédito suficiente en la partida presupuestaria correspondiente y
estando pendientes de resolver 8 expedientes de solicitud que cumplen todos los requisitos,
y a fin de poder continuar con la tramitación de las solicitudes presentadas, a efectos de
resolver favorablemente la concesión de las subvenciones solicitadas, esta Dirección
RESU ELV E
Primero. Ampliar la cuantía total máxima establecida en la convocatoria de la línea de
subvención plurianual 2022 del Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia
no competitiva, a ayuntamientos, mancomunidades de municipios y consorcios para el
mantenimiento de los Centros Municipales de Información a la Mujer, por un importe de
312.418,20 euros, con cargo a la partida presupuestaria 1631010000 G/32G/46100/00 01, de
los cuales 156.209,44 corresponden a la presente anualidad y 156.208,76 a la anualidad 2023.

Sevilla, 29 de noviembre de 2022.- El Viceconsejero de Inclusión Social, Juventud,
Familias e Igualdad (P.O. de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias
e Igualdad por la que se dispone la suplencia de la persona titular de la Dirección del
Instituto Andaluz de la Mujer, de 22.11.2022), José Repiso Torres.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. Disponer la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía para su general conocimiento.