Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2022/235-1)
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se efectúa la convocatoria, para el ejercicio 2023, de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales, al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021.
15 páginas totales
Página
Provincia
Número 235 - Viernes, 9 de diciembre de 2022
página 19999/3
Municipio
Zona Desfavorecida
Huelva
Huelva (capital)
Distrito IV (La Orden Príncipe Juan Carlos)
Huelva
Isla Cristina
Barriada del Rocío
Huelva
Isla Cristina
Barriada San Francisco o Punta del Caimán
Jaén
Alcalá la Real
La Tejuela
Jaén
Alcaudete
Cañadillas Corea
Jaén
Jaén
Peñamefécit
Jaén
Martos
Casco Antiguo o Fuente La Viña o La Cruz del Lloro
Jaén
Andújar
Poligono Puerta de Madrid de Andújar
Jaén
Jaén (capital)
Barrios San Vicente Paul, Antonio Díaz y La Magdalena
Jaén
Jaén (capital)
Polígono El Valle
Jaén
Linares
Barrios El Cerro, La Zarzuela y San Antonio
Jaén
Linares
Arrayanes
Málaga
Málaga (capital)
Segalerva
Málaga
Málaga (capital)
Málaga Centro Cruz Verde Lagunillas
Málaga
Málaga (capital)
La Corta o Ciudad Jardín
Málaga
Málaga (capital)
Palma-Palmilla
Málaga
Ronda
Dehesa El Fuerte-Ronda
Málaga
Torremolinos
Torremolinos Norte
Málaga
Málaga (capital)
San Andrés-El Torcal-Dos Hermanas
Málaga
Vélez-Málaga
Cuesta Del Visillo
Málaga
Vélez-Málaga
La Gloria
Málaga
Vélez-Málaga
Pueblo Nuevo de La Axarquía
Sevilla
Alcalá de Guadaíra
Zona Este
Sevilla
Alcalá de Guadaíra
Zona Sur
Sevilla
Écija
Pisos Amarillos
Sevilla
Alcalá de Guadaíra
Zona Norte Alcalá de Guadaíra
Sevilla
Sevilla (capital)
Poligono Norte-El Vacie
Sevilla
Sevilla (capital)
Poligono Sur de Sevilla
Sevilla
Sevilla (capital)
Torreblanca de Los Caños
Sevilla
Sevilla (capital)
Tres Barrios-Amate
Quinto. Cuantía de la subvención.
1. De conformidad con lo establecido en el apartado 5.a) del cuadro resumen de las
bases reguladoras, la cuantía máxima de la subvención será de 32.779,59 euros.
2. A efectos de lo dispuesto en el apartado 5.b).1.º del cuadro resumen de las bases
reguladoras, la cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse para cada una de
las partidas, es la siguiente:
a) Personal. La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida
22.248,18 euros.
b) Dietas. La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida
será de 477 euros.
c) Alquiler. La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida
de 6.000 euros.
d) Mantenimiento. La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta
partida será de 5.500 euros.
e) Fungible: La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida
será de 500 euros.
3. Por otra parte, el importe que puede aceptarse en la suma de las partidas de
alquiler y mantenimiento no podrá exceder de 9.554,41 euros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00273185
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 235 - Viernes, 9 de diciembre de 2022
página 19999/3
Municipio
Zona Desfavorecida
Huelva
Huelva (capital)
Distrito IV (La Orden Príncipe Juan Carlos)
Huelva
Isla Cristina
Barriada del Rocío
Huelva
Isla Cristina
Barriada San Francisco o Punta del Caimán
Jaén
Alcalá la Real
La Tejuela
Jaén
Alcaudete
Cañadillas Corea
Jaén
Jaén
Peñamefécit
Jaén
Martos
Casco Antiguo o Fuente La Viña o La Cruz del Lloro
Jaén
Andújar
Poligono Puerta de Madrid de Andújar
Jaén
Jaén (capital)
Barrios San Vicente Paul, Antonio Díaz y La Magdalena
Jaén
Jaén (capital)
Polígono El Valle
Jaén
Linares
Barrios El Cerro, La Zarzuela y San Antonio
Jaén
Linares
Arrayanes
Málaga
Málaga (capital)
Segalerva
Málaga
Málaga (capital)
Málaga Centro Cruz Verde Lagunillas
Málaga
Málaga (capital)
La Corta o Ciudad Jardín
Málaga
Málaga (capital)
Palma-Palmilla
Málaga
Ronda
Dehesa El Fuerte-Ronda
Málaga
Torremolinos
Torremolinos Norte
Málaga
Málaga (capital)
San Andrés-El Torcal-Dos Hermanas
Málaga
Vélez-Málaga
Cuesta Del Visillo
Málaga
Vélez-Málaga
La Gloria
Málaga
Vélez-Málaga
Pueblo Nuevo de La Axarquía
Sevilla
Alcalá de Guadaíra
Zona Este
Sevilla
Alcalá de Guadaíra
Zona Sur
Sevilla
Écija
Pisos Amarillos
Sevilla
Alcalá de Guadaíra
Zona Norte Alcalá de Guadaíra
Sevilla
Sevilla (capital)
Poligono Norte-El Vacie
Sevilla
Sevilla (capital)
Poligono Sur de Sevilla
Sevilla
Sevilla (capital)
Torreblanca de Los Caños
Sevilla
Sevilla (capital)
Tres Barrios-Amate
Quinto. Cuantía de la subvención.
1. De conformidad con lo establecido en el apartado 5.a) del cuadro resumen de las
bases reguladoras, la cuantía máxima de la subvención será de 32.779,59 euros.
2. A efectos de lo dispuesto en el apartado 5.b).1.º del cuadro resumen de las bases
reguladoras, la cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse para cada una de
las partidas, es la siguiente:
a) Personal. La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida
22.248,18 euros.
b) Dietas. La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida
será de 477 euros.
c) Alquiler. La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida
de 6.000 euros.
d) Mantenimiento. La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta
partida será de 5.500 euros.
e) Fungible: La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida
será de 500 euros.
3. Por otra parte, el importe que puede aceptarse en la suma de las partidas de
alquiler y mantenimiento no podrá exceder de 9.554,41 euros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00273185
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