5. Anuncios. Consejería de Universidad, Investigación e Innovación. (2022/234-39)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Investigación e Innovación, por la que se publica el Convenio entre la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación y la Universidad de Jaén, para la concesión de una subvención nominativa para la financiación de la construcción y mantenimiento de destino del «Centro de Investigación y Transferencia Empresarial-Edificio de Laboratorios de Investigación», en el Campus de Las Lagunillas de la Universidad de Jaén, en el marco de la Inversión Territorial Integrada de Jaén.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Miércoles, 7 de diciembre de 2022

página 19897/35

ANEXO II- Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda (D.E.C.A.)
Se consideran obligaciones esenciales de los beneficiarios de las operaciones seleccionadas, las siguientes:

El presente documento se entrega al beneficiario para informarle de las condiciones de la ayuda FEDER, en
cumplimiento del artículo 125.3.c del Reglamento (UE) de Disposiciones Comunes 1303/2013, de diciembre
de 2013.
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00273100

1. Mantener un sistema de contabilidad diferenciado para todas las transacciones relacionadas con las
actuaciones objeto de ayuda, contando, al menos, con una codificación contable adecuada que permita
identificar claramente dichas transacciones y su trazabilidad.
2. Que la aceptación de la ayuda supone declarar que se tiene capacidad administrativa, financiera y
operativa suficiente para cumplir las condiciones de la misma. Incluirá el importe objeto de ayuda y la
aportación pública concedida.
3. Acreditar ante el Órgano Concedente de la ayuda la realización de la actividad y facilitar las
comprobaciones encaminadas a garantizar la correcta realización del proyecto o acción objeto de la ayuda,
aportando al efecto cuanta documentación le fuera requerida en su procedimiento de verificación tanto
administrativa como sobre el terreno un conjunto representativo de las actuaciones y operaciones que se
estén llevando a cabo.
4. Someterse a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que realice la
Autoridad de Gestión del FEDER, la Intervención General de la Administración del Estado o de sus
Intervenciones Delegadas, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión Europea o el
Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de las
ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando para ello cuanta información le sea requerida.
5. Cumplir con los requisitos de información, comunicación y visibilidad sobre el apoyo procedente del
FEDER.
6. Cumplir con los requisitos que en materia de igualdad de oportunidades, medio ambiente e innovación
social se establezcan en el Reglamento (UE) 1303/2013, el Reglamento (UE) 1301/2013 y cualesquiera otras
normas comunitarias o nacionales.
7. Aceptar su inclusión en una lista pública de operaciones, que será objeto de publicación electrónica o por
otros medios según lo previsto en el artículo 115.2 y el Anexo XII 1. del Reglamento (UE) 1303/2013, así como
inclusión en la BDNS.
8. Conservar los documentos originales o copias debidamente compulsadas o bien en soportes de datos
comúnmente aceptados, en especial versiones electrónicas de documentos originales o documentos
existentes únicamente en versión electrónica; justificativos de la actuación realizada, la aplicación de los
fondos recibidos y los indicadores, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y
control. La disponibilidad de los documentos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento
(UE) 1303/2013.
9. Observar las normas de subvencionabilidad nacionales que establezca la Autoridad de Gestión del
programa, así como cualquier otra normativa comunitaria, nacional o autonómica aplicable.
10. Presentar ante el Órgano Concedente de la ayuda la solicitud de financiación conforme al Programa
Operativo, antes de la conclusión material de la operación. En caso de que la misma haya comenzado antes
de presentarse la solicitud de financiación, se ha cumplido con la normativa aplicable.
11. Aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en su ámbito de gestión, cumplir la normativa en
materia de contratación pública, evitar doble financiación, falsificaciones de documentos, etc., así como
que debe proporcionar información para la detección de posibles “banderas rojas”.