5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/234-77)
Anuncio de 28 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Moclinejo, por el que se publica Resolución de Alcaldía, de 18 de noviembre de 2022, por la que se aprueban las bases que han de regir los procesos extraordinarios de estabilización al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público. (PP. 3283/2022).
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
20 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Miércoles, 7 de diciembre de 2022

página 19601/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTOS
Anuncio de 28 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Moclinejo, por el que
se publica Resolución de Alcaldía, de 18 de noviembre de 2022, por la que se
aprueban las bases que han de regir los procesos extraordinarios de estabilización
al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad del empleo público. (PP. 3283/2022).
Don José Luis González Paniagua, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Moclinejo
(Málaga).
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Resultando que por esta Alcaldía se ha ordenado la incoación de expediente para dar
cumplimiento a lo establecido en el artículo 2 y en la disposición adicional 6.ª de la Ley
20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad
en el empleo público.
Resultando que la Oferta de Empleo Público fue aprobada por Resolución de esta
Alcaldía de fecha 24.5.2022, ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de
Málaga núm. 102, de fecha 30.5.2022.
Considerando que la publicación de las convocatorias de los procesos selectivos
debe producirse antes del 31 de diciembre de 2022, conforme a lo previsto en el artículo
2.2 de dicha norma.
Considerando que respecto a las plazas ocupadas de forma temporal e
ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020,
el sistema de selección será el de concurso-oposición, según el artículo 2.4, con una
valoración en la fase de concurso de un cuarenta por ciento de la puntuación total, en la
que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría
o equivalente de que se trate pudiendo no ser eliminatorios los ejercicios en la fase de
oposición, en el marco de la negociación colectiva establecida en el artículo 37.1.c) del
Real Decreto Ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.
Considerando que la disposición adicional 6.ª prevé además que las administraciones
públicas convoquen, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo
61.6 y 7 del Real Decreto Ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-, por el sistema
de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1,
hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad
a 1 de enero de 2016.

RESU ELVO
Primero. Aprobar las siguientes bases que han de regir los procesos extraordinarios
de estabilización previstos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para cubrir las plazas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272840

De conformidad con el informe de secretaria previo a la aprobación de la OPE
extraordinaria y en virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en
concreto, los artículos 21.1.g) y 102.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local -LRBRL-,