3. Otras disposiciones. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2022/233-30)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se ordena la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, de la ampliación del expediente administrativo relativo al procedimiento ordinario núm. 953/2022, contra Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 27 de abril de 2022, que se cita (BOJA núm. 82, de 3.5.2022).
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Lunes, 5 de diciembre de 2022

página 19837/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica,
por la que se ordena la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, de la
ampliación del expediente administrativo relativo al procedimiento ordinario
núm. 953/2022, contra Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 27 de abril de
2022, que se cita (BOJA núm. 82, de 3.5.2022).
En cumplimiento de lo ordenado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el procedimiento ordinario
núm. 953/2022 contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 27 de abril de 2022, por el
que se resuelve el concurso público para la adjudicación, en régimen de concurrencia, de
licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado
de carácter comercial y ámbito local en Andalucía, publicado en el BOJA núm. 82, de
3.5.2022, ampliado el ámbito del recurso a las demarcaciones TL04J, TL06MA, TL07GR
y TL07J, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo que ha
dado origen al procedimiento ordinario núm. 953/2022 y ordenar que se remita a la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede
en Granada copia de la correspondiente ampliación del expediente administrativo a las
demarcaciones TL04J, TL06MA, TL07GR y TL07J.

Sevilla, 24 de noviembre de 2022.- La Secretaria General Técnica, P.D. (disposición
transitoria tercera del Decreto 152/2022, de 9.8), María Almudena Gómez Velarde.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015 y con carácter
previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de
su notificación.»

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00273021

Segundo. Emplazar a aquellas personas interesadas cuyos derechos o intereses
legítimos pudieran quedar afectados por la estimación de las pretensiones del
demandante, y asimismo ante la posible existencia de interesados en el procedimiento que
sean desconocidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado.
Todo ello con el fin de que si lo estimasen conveniente a sus intereses puedan
comparecer y personarse en legal forma ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el plazo de los
nueve días siguientes a su notificación personal, o a la publicación de esta resolución en
el caso de ser desconocidos.
De conformidad con lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a las personas emplazadas
de personarse fuera del indicado plazo se les tendrá por parte, sin que por ello deba
retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren
oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites sin que haya lugar a
practicarles notificación alguna.