3. Otras disposiciones. Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. (2022/233-46)
Orden de 28 de noviembre de 2022, por la que se acuerda la formulación del Plan de Mejora de la Calidad del Aire de Villanueva del Arzobispo y su entorno.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
6 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Lunes, 5 de diciembre de 2022

página 19711/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE
Y ECONOMÍA AZUL
Orden de 28 de noviembre de 2022, por la que se acuerda la formulación del
Plan de Mejora de la Calidad del Aire de Villanueva del Arzobispo y su entorno.
La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera
ha incluido diversas disposiciones relacionadas con la gestión de la calidad del aire.
En concreto, el artículo 16.2 de esta Ley establece que las Comunidades Autónomas
adoptarán planes y programas para la mejora de la calidad del aire y el cumplimiento
de los objetivos de calidad del aire en su ámbito territorial, así como para minimizar o
evitar los impactos negativos de la contaminación atmosférica. De conformidad con
este artículo, en estos planes se integrarán planes de movilidad urbana, con vistas al
fomento de modos de transporte menos contaminantes. Asimismo, se identificará la
Administración que en cada caso sea responsable para la ejecución de las medidas.
Además, se podrán prever medidas de control o suspensión de aquellas actividades que
sean significativas en la mala calidad del aire, incluido el tráfico.
El Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire
establece la obligación de las Administraciones Públicas de elaborar planes de calidad
del aire para las zonas y aglomeraciones cuando se superen los valores límite o valores
objetivos de calidad del aire ambiente, según se dispone en la Directiva 2008/50/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, relativa a la calidad del aire
ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa, en relación con los niveles límite
autorizados para contaminantes.
El Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, establece que las Comunidades
Autónomas realizarán en su ámbito territorial la delimitación y clasificación de las zonas y
aglomeraciones en relación con la evaluación y la gestión de la calidad del aire ambiente.
Esta evaluación se realiza mediante los datos que proporcionan las estaciones de medida
pertenecientes a la Red de Vigilancia y Control de la Calidad del Aire de Andalucía, la
cual se extiende a lo largo de todo el territorio andaluz.
La zonificación del territorio andaluz realizada en 2015 en cumplimiento del artículo
13.2. del Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, establece trece zonas o aglomeraciones:

En el ámbito autonómico, el artículo 53 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental establece que corresponde a la Consejería competente
en materia de medio ambiente elaborar y ejecutar planes para la mejora de la calidad del
aire de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.3 de esta Ley, correspondiendo a los
municipios solicitar a dicha Consejería la elaboración de planes de mejora de la calidad
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272899

Bahía de Cádiz.
Córdoba.
Granada y área metropolitana.
Málaga y Costa del Sol.
Núcleos de 50.000 a 250.000 habitantes.
Sevilla y área metropolitana.
Villanueva del Arzobispo.
Zona industrial de Bailén.
Zona industrial de la Bahía de Algeciras.
Zona industrial de Carboneras.
Zona industrial de Huelva.
Zona industrial de Puente Nuevo.
Zonas rurales.