5. Anuncios. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/233-57)
Anuncio de 17 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Córdoba, por el que se concede autorización administrativa previa para el proyecto que se cita, en los términos municipales de Montemayor y Montilla (Córdoba). (PP. 3036/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Lunes, 5 de diciembre de 2022

página 18750/9

Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización,
con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las
disposiciones legales vigentes.
2. La persona titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el
cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por administraciones,
organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales le han
sido trasladados, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la
instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en el informe ambiental vinculante,
que forma parte de presente resolución.
3. La caducidad de la autorización ambiental unificada (Informe Ambiental Vinculante)
de la instalación será condición suficiente para la revocación de esta autorización, por
incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en la misma.
4. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las
variaciones que en su caso se soliciten y autoricen. El plazo de puesta en marcha será
de 24 meses contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la
autorización de explotación de la instalación, se procederá a la revocación de la presente
autorización. La persona titular de la citada instalación podrá presentar solicitud
debidamente justificada para la modificación de la presente resolución por parte de
esta Delegación en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la
terminación del mismo.
5. El plazo para la presentación de la solicitud de puesta en marcha de la instalación
propuesta será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente
resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación
para la autorización de explotación de la instalación, se procederá a la revocación de la
presente autorización. La persona titular de la citada instalación podrá presentar solicitud
debidamente justificada para la modificación de la presente resolución por parte de esta
Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de
la terminación del mismo, y teniendo presente los plazos que para los hitos administrativos
se establecieron en el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban
medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
6. La persona titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las
obras a esta Delegación Territorial, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la
correspondiente autorización de explotación.
7. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los
reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su
explotación, así como los requisitos técnicos definidos por el operador del sistema en
cuanto a regulación de tensión, comportamiento ante perturbaciones en la red eléctrica y
huecos de tensión.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer
recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y Energía, en
el plazo de un (1) mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
Córdoba, 17 de noviembre de 2022.- El Delegado, Agustín López Ortiz.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272014

Cuarto. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta
Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones,
permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos
y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos condicionantes
habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.