Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/232-18)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueba la relación de personas aspirantes que superan la fase de oposición, correspondiente a las pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Cirugía Cardiovascular, convocadas mediante Resolución de 23 de mayo de 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 232 - Viernes, 2 de diciembre de 2022

página 19554/2

Segundo. Publicación de las listas de personas aspirantes que superan la fase de
oposición.
Anunciar que las listas de personas aspirantes que superan la fase de oposición,
ordenadas alfabéticamente, se encontrarán expuestas al público en los tablones físicos o
virtuales de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones
Territoriales de la Consejería de Salud y Familias, así como en la página web del Servicio
Andaluz de Salud (www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/), a partir del
mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, con indicación de la puntuación obtenida por las personas aspirantes en cada
una de las dos pruebas en que consiste la fase de oposición. La persona aspirante que
no figure incluida en dichas listas tiene la consideración de no apta.

Cuarto. Presentación del autobaremo.
Aquellas personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición presentarán
el autobaremo de méritos, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del décimo día
hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, al que se anexarán los méritos que acrediten dicho autobaremo alegado.
Durante este plazo la persona aspirante podrá continuar dando de alta los nuevos méritos
en el sistema informático de Currículum digital a través de la VEC, y anexarlos hasta la
finalización del mismo.
Conforme dispone la base 9.2 de las bases generales, la presentación del autobaremo
deberá realizarse con independencia de poseer o no méritos para su baremación,
resultando el cálculo con 0 puntos en caso de no poseer méritos a baremar.
Conforme dispone la base 9.3 de las bases generales, quedaran decaídos en sus
derechos quienes una vez finalizado el plazo de presentación de autobaremo no lo
hubieran presentado.
Por razones de economía, agilidad y eficiencia, los méritos alegados por las personas
aspirantes en el plazo establecido en las bases específicas se encontrarán en alguna de
estos dos estados:
- Mérito alegado y en fase de baremación.
- Mérito alegado y en reserva, al haber alcanzado el candidato la puntuación máxima
contenida en su autobaremo.
Para ello, las personas opositoras deberán proponer en cada apartado dos relaciones
ordenadas de méritos. La primera relación contendrá aquellos méritos que solicitan sean
baremados en primer lugar por el Tribunal Calificador en el proceso selectivo en el que
concursan, hasta llegar a la máxima puntuación conforme al baremo aplicable en cada
convocatoria. Dichos méritos se encontrarían en la primera fase (mérito alegado y en
fase de baremación). La segunda relación contendrá de forma ordenada los méritos
que solicitan sean baremados por el Tribunal Calificador en caso de que algún mérito
de la 1.ª relación éste acuerde no baremar por no cumplir con algún requisito exigido en
la convocatoria o por el ejercicio de la discrecionalidad técnica que tiene atribuido. En
este supuesto, el Tribunal Calificador incorporará de oficio a la primera relación cuantos
méritos fueran precisos a efectos de completar la baremación del expediente de la
persona candidata hasta la puntuación máxima contenida en su autobaremo. Los méritos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Tercero. Inicio de la fase de concurso.
Iniciar, de conformidad con lo establecido en las bases generales 2.3 y 9.3, y en
la resolución de convocatoria, la fase de concurso. Esta consistirá en la valoración por
el Tribunal Calificador correspondiente de los méritos autobaremados y acreditados por
las personas aspirantes, conforme al baremo contenido en el Anexo II de la resolución
de convocatoria por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de
Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Cirugía Cardiovascular, de 23 de mayo
(BOJA núm. 100, de 27 de mayo).