Autoridades y personal. Universidades. (2022/232-29)
Corrección de errores de la Resolución de 26 de octubre de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso libre, por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla (BOJA núm. 211, de 3.11.2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 232 - Viernes, 2 de diciembre de 2022

página 19671/2

Debe decir:
«Base 3.2 (…) Asimismo, las personas aspirantes deberán hacer constar, en el
apartado correspondiente de la solicitud, el idioma elegido para realizar el ejercicio
referido en la base 7.2.2.»
Cuarto.
Donde dice en la página 17283/5:
«Base 3.4.3. (…) Las solicitudes y cualquier escrito de reclamación que presenten las
personas aspirantes en otro registro diferente al general de la Universidad de Sevilla, al
amparo del artículo antes referido (16.4 de la Ley 30/2015).»
Debe decir:
«Base 3.4.3. (…) Las solicitudes y cualquier escrito de reclamación que presenten las
personas aspirantes en otro registro diferente al general de la Universidad de Sevilla, al
amparo del artículo antes referido (16.4 de la Ley 39/2015).»
Quinto.
Donde dice en la página 17283/10:
«Base 7.3.2. Titulación académica oficial directamente relacionada con la titulación de
Información y Comunicación (0,5 puntos). Se valorará sólo la titulación de nivel superior
que posea el/la aspirante.»
Debe decir:
«Base 7.3.2. Titulación académica oficial directamente relacionada con la titulación de
Información y Documentación (0,5 puntos). Se valorará sólo la titulación de nivel superior
que posea el/la aspirante.»
Sexto.
Donde dice en la página 17283/10:
«Base 7.3.3. Superación de ejercicio/s de proceso/s selectivo/s del mismo nivel en la
Universidad de Sevilla. 1,5 puntos.»
Debe decir:
«Base 7.3.3. Por la superación de ejercicios para el acceso a la Escala de Ayudantes
de Archivos, Bibliotecas y Museos de universidades públicas, a razón de 1,5 puntos por
ejercicio superado. Puntuación máxima. 1,5 puntos.»
Séptimo.
Donde dice en la página 17283/11:
«Base 8.3. (…) Si persistiera el empate, este se resolverá en favor de la persona que
acredite mayor tiempo de servicios prestados en la base 7.3.3.1 y por el orden que esta
establece.»
Debe decir:
«Base 8.3. (…) Si persistiera el empate, este se resolverá en favor de la persona que
acredite mayor tiempo de servicios prestados en la base 7.3.1 y por el orden que esta
establece.»

00272872

Lo que se hace público para general conocimiento.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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