Autoridades y personal. Universidades. (2022/231-63)
Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plazas de personal laboral fijo de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre y por el procedimiento de consolidación de empleo temporal, de la categoría de Técnico Auxiliar de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento de la Universidad de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 231 - Jueves, 1 de diciembre de 2022

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3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo podrán presentar su
solicitud mediante modelo oficial que se acompaña como Anexo IV de esta convocatoria,
que estará disponible en la sede electrónica de la Universidad de Cádiz y en la página
web del Área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/. La presentación de
las solicitudes se realizará a través del procedimiento telemático específico establecido
por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede
Electrónica: https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=347
La presentación electrónica de la solicitud requiere del uso del certificado digital del
interesado. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados, en su caso, los
documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud deberá
ser firmada electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el botón «Presentar»,
obteniéndose entonces un recibo en el que figurará el código de registro, fecha y
hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo de la
presentación de la solicitud por el interesado, por lo que éste no podrá entender que ha
concluido los trámites de presentación de la solicitud si no ha finalizado los mismos con la
obtención del citado recibo.
Asimismo, si el interesado no dispone de los medios electrónicos necesarios, para
su identificación o firma electrónica podrá ser asistido en las Oficinas de Asistencia en
materia de Registro de la Universidad de Cádiz o presentar la solicitud en las formas
establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.2. Los aspirantes deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Identidad
de Extranjero, en vigor.
b) Fotocopia de la Titulación académica exigida en la convocatoria. Los documentos
que acreditan estar en posesión de la titulación académica son el título oficial, certificación
supletoria o resguardo acreditativo del abono de los derechos de expedición.
c) Para la valoración de los candidatos de la fase de concurso, deberán adjuntar a la
solicitud la relación de méritos alegados, según modelo disponible en la página web del
área de Personal de la Universidad de Cádiz https://personal.uca.es/convocatoria-pas,
así como la documentación acreditativa de los mismos. Aquellos aspirantes que presten
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas
al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.
2.1.6. Estar en posesión del Certificado de Suficiencia de Marinero de Puente de
la Marina Mercante y Certificado de Suficiencia de Marinero de Máquinas de la Marina
Mercante, o de la tarjeta profesional de Marinero de Máquinas de la Marina Mercante y
de Marinero de Puente o superior, según lo dispuesto en Resolución de 14 de noviembre
de 2016, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se determinan las
condiciones de obtención de los certificados de suficiencia de los marineros de la Marina
Mercante.
2.1.7. Estar en posesión de la Libreta de Inscripción Marítima (Libreta Marítima).
2.1.8. Estar en posesión de los siguientes certificados de especialidad en vigor:
Formación Básica en Seguridad; Embarcaciones supervivencia y botes de rescate (no
rápidos); Avanzando en lucha contra incendios.
2.1.9. Poseer el reconocimiento médico realizado en el Instituto Social de la Marina
conforme la regla I/9 del Anexo del Convenio STCW y la sección A-I/9 del Código STCW
en vigor.
2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, excepto el recogido en el apartado 2.1.9, que deberá
poseerse en el momento de la formalización del contrato.