3. Otras disposiciones. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/231-91)
Orden de 7 de octubre de 2022, por la que se determina el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 231 - Jueves, 1 de diciembre de 2022

página 19640/2

Segundo. Días inhábiles en el ámbito de cada municipio.
Se entenderán inhábiles, a efectos de cómputos de plazos administrativos, en el
ámbito territorial de cada municipio de la Comunidad Autónoma para el año 2023, hasta
dos días, que serán los que, a efectos laborales, establezca la Consejería competente en
materia de empleo de la Junta de Andalucía para dicho año, en los términos recogidos
en la Orden de 11 de octubre de 1993, por la que se regula el procedimiento a seguir
para la determinación de las fiestas locales, inhábiles para el trabajo, retribuidas y no
recuperables, en los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tercero. Comunicación del lugar de residencia.
Para la efectividad de lo establecido por el artículo 30.6 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
personas interesadas podrán expresar en los escritos iniciales de los procedimientos el
lugar de su residencia, así como comunicar las sucesivas variaciones que hubiere.
Cuarto. Días inhábiles en el Registro Electrónico Único.
A efectos de cómputos de plazos, los días inhábiles del Registro Electrónico Único
previsto en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica,
simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía,
serán los declarados inhábiles para todo el territorio de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, sin que sea de aplicación lo dispuesto en el apartado 2.
En todo caso, de acuerdo con lo previsto en el artículo 31.3 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, no será aplicable al Registro Electrónico Único lo dispuesto en el artículo 30.6
de la citada ley.
Quinto. Publicación del calendario.
La presente orden se publica para general conocimiento en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía, así como en el Portal de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 7 de octubre de 2022
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS

00272832

Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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