3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/229-92)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento del Consorcio de Transporte Metropolitano del área de Almería. Ejercicio 2020.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Martes, 29 de noviembre de 2022

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TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
En primer lugar, la alegación reconoce que se han producido incidencias y/o erratas en el expediente. A partir de ahí la entidad realiza una descripción detallada de la tramitación del expediente
sin que en ningún caso aporte datos adicionales o se contradigan lo hechos manifestados en el
informe (punto 34, A.12 a A.17) y sin aportar documentación.

ALEGACIÓN Nº 14, AL PUNTO 35 Y APÉNDICES A.31 Y A.32 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)
35. Retención de PIE. No consideramos que la retención de la PIE prevista en el artículo 34.4 de los
Estatutos sea una obligación, sino más bien un derecho del Consorcio. En este sentido se aplicó dicha
retención cuando las Entidades Consorciadas tenían mucha deuda pendiente, que no era abonada
en plazo. Si bien, ante lo gravoso de las retenciones se ha mantenido reuniones con los distintos
ayuntamientos para exponerles la gravedad de la situación y se ha mejorado la deuda de ejercicios
anteriores, que a cierre del ejercicio 2021 asciende a 144.243,46 euros, se prevé que esté saldada
antes del 31 de diciembre de 2022 en su totalidad. En caso contrario, el Consorcio iniciaría la tramitación de la retención de la PIE.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La entidad en la alegación realiza una interpretación del artículo 34.4 del estatuto, manifestando
que la aplicación de la retención de la PIE es opcional, cuestión que en ningún caso viene en el literal
de los estatutos.
A continuación, acepta la deuda mantenida, pero justifica la no aplicación, por un lado, en la gravosidad para los ayuntamientos de la medida, y por otro, en que tienen previsto el cobro de las
deudas pendientes sin aportar en ningún caso, documentación adicional a la ya disponible en la
realización del trabajo que soporte las afirmaciones realizadas.

ALEGACIÓN Nº 15, AL PUNTO 36 Y APÉNDICES A.40 a A.42 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)
36. Cancelaciones de cuentas corrientes. El Consorcio de Transportes del área metropolitana de
Almería no pudo realizar el traspaso y cancelación de la cuenta titularidad del Consorcio y con saldo
a 31/12/2019 de 21.181,64 euros debido a que, por retrasos en los trámites de titularidad bancaria,
el último nombramiento de gerencia no estaba disponible para poder realizar dicha cancelación en
tiempo y forma por lo que al tratarse de firmas mancomunadas no se pudo hacer efectivo hasta el
14 de febrero de 2020.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN

00272532

El Consorcio acepta los hechos descritos, y simplemente justifica las razones por las cuales se produjo el retraso en los trámites de titularidad bancaria sin aportar documentación adicional.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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