5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/228-50)
Anuncio de 18 de noviembre de 2022, del Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz, sobre publicación de bases y convocatoria de la Oferta de Empleo Público extraordinaria del personal temporal de larga duración, correspondiente al año 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Lunes, 28 de noviembre de 2022
página 18800/8
El procedimiento de actuación de las Comisiones se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de la Administraciones Públicas; en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Publico; en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Buen Gobierno y en las demás disposiciones vigentes.
Toda reclamación que se presente por las personas aspirantes a las puntuaciones
acordadas por la Comisión de selección tras la valoración de méritos en la fase de
Concurso, serán resueltas por la citada Comisión en sesión convocada al efecto y serán
publicadas mediante anuncio en la página web del Consorcio.
Séptima. Baremación aplicable a la fase de concurso.
A continuación se establecen los méritos que va a ser objeto de baremación, todos
ellos relacionados con la experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de
los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de empleo temporal de
la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de conformidad con las disposiciones adicionales 6.ª
y 8.ª, es reducir temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin
de posibilitar su estabilización, de ahí que se considere crucial la experiencia acumulada
a lo largo de la trayectoria profesional en la Administraciones Públicas y más en concreto
en el Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz, siendo así que los méritos a valorar
se centren en la citada experiencia al haber sido esta la que al haberse prolongado en
el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional y todo ello en cumplimiento de la
doctrina del TJUE.
Solo será tenido en cuenta la antigüedad en las plazas de igual denominación a la
que se opta, con las siguientes salvedades:
- Se unifica la experiencia en la categoría Jefe/a Área Calidad y Atención a Usuarios/as
y Dirección de Relaciones Institucionales del CMTBC.
- Se unifica la experiencia en la categoría Técnico/a de Sistemas y Técnico/a
Informático/a del CMTBC.
- Se unifica la experiencia en la categoría Técnico/a Jurídico/a Administrativo/a y
Responsable Jurídico Administrativo del CMTBC.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00272037
Sexta. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.
Los méritos a valorar por la Comisión de Selección, a efectos de determinar la
puntuación en la fase de concurso, serán los alegados, autobaremados y acreditados
documentalmente por las personas aspirantes durante el plazo de presentación de
autobaremo, no tomándose en consideración los alegados con anterioridad al inicio
de ese plazo o con posterioridad a la finalización del mismo, ni aquellos méritos no
autobaremados.
Esta autobaremación vinculará a la Comisión de Selección, en el sentido de que la
misma solo podrá valorar los méritos que hayan sido alegados y autobaremados por las
personas aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuación mayor a la asignada por las
mismas en cada uno de los apartados del baremo de méritos. En el supuesto de que el
mérito experiencia profesional sea autobaremado en subapartados erróneos, la Comisión
podrá trasladar los mismos al subapartado correcto, sin que ello pueda implicar aumento
de la puntuación autoasignada por las personas aspirantes en dicho mérito.
En cualquier caso, para la cumplimentación de los apartados correspondientes a los
méritos experiencia y antigüedad, todos los aspirantes deberán tomar en consideración
la información relativa a los mismos que se consigna los certificados acreditativos por la
administración o empresa pública o privada correspondiente.
El tiempo de prestación de servicios desarrollado en este Consorcio será aportado de
oficio por la Secretaria General de la entidad y referidos siempre a la fecha de terminación
del plazo de admisión de instancias.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Lunes, 28 de noviembre de 2022
página 18800/8
El procedimiento de actuación de las Comisiones se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de la Administraciones Públicas; en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Publico; en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Buen Gobierno y en las demás disposiciones vigentes.
Toda reclamación que se presente por las personas aspirantes a las puntuaciones
acordadas por la Comisión de selección tras la valoración de méritos en la fase de
Concurso, serán resueltas por la citada Comisión en sesión convocada al efecto y serán
publicadas mediante anuncio en la página web del Consorcio.
Séptima. Baremación aplicable a la fase de concurso.
A continuación se establecen los méritos que va a ser objeto de baremación, todos
ellos relacionados con la experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de
los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de empleo temporal de
la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de conformidad con las disposiciones adicionales 6.ª
y 8.ª, es reducir temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin
de posibilitar su estabilización, de ahí que se considere crucial la experiencia acumulada
a lo largo de la trayectoria profesional en la Administraciones Públicas y más en concreto
en el Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz, siendo así que los méritos a valorar
se centren en la citada experiencia al haber sido esta la que al haberse prolongado en
el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional y todo ello en cumplimiento de la
doctrina del TJUE.
Solo será tenido en cuenta la antigüedad en las plazas de igual denominación a la
que se opta, con las siguientes salvedades:
- Se unifica la experiencia en la categoría Jefe/a Área Calidad y Atención a Usuarios/as
y Dirección de Relaciones Institucionales del CMTBC.
- Se unifica la experiencia en la categoría Técnico/a de Sistemas y Técnico/a
Informático/a del CMTBC.
- Se unifica la experiencia en la categoría Técnico/a Jurídico/a Administrativo/a y
Responsable Jurídico Administrativo del CMTBC.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00272037
Sexta. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.
Los méritos a valorar por la Comisión de Selección, a efectos de determinar la
puntuación en la fase de concurso, serán los alegados, autobaremados y acreditados
documentalmente por las personas aspirantes durante el plazo de presentación de
autobaremo, no tomándose en consideración los alegados con anterioridad al inicio
de ese plazo o con posterioridad a la finalización del mismo, ni aquellos méritos no
autobaremados.
Esta autobaremación vinculará a la Comisión de Selección, en el sentido de que la
misma solo podrá valorar los méritos que hayan sido alegados y autobaremados por las
personas aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuación mayor a la asignada por las
mismas en cada uno de los apartados del baremo de méritos. En el supuesto de que el
mérito experiencia profesional sea autobaremado en subapartados erróneos, la Comisión
podrá trasladar los mismos al subapartado correcto, sin que ello pueda implicar aumento
de la puntuación autoasignada por las personas aspirantes en dicho mérito.
En cualquier caso, para la cumplimentación de los apartados correspondientes a los
méritos experiencia y antigüedad, todos los aspirantes deberán tomar en consideración
la información relativa a los mismos que se consigna los certificados acreditativos por la
administración o empresa pública o privada correspondiente.
El tiempo de prestación de servicios desarrollado en este Consorcio será aportado de
oficio por la Secretaria General de la entidad y referidos siempre a la fecha de terminación
del plazo de admisión de instancias.