5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/228-50)
Anuncio de 18 de noviembre de 2022, del Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz, sobre publicación de bases y convocatoria de la Oferta de Empleo Público extraordinaria del personal temporal de larga duración, correspondiente al año 2022.
15 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Lunes, 28 de noviembre de 2022

página 18800/4

Tercera. Solicitudes, tasa y plazo de presentación.
1. Las solicitudes de participación se ajustarán al modelo oficial publicado como
Anexo III de solicitud de las bases.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a
partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía, e irán dirigidas a la persona titular que ostente la Presidencia del
CMTBC, pudiendo ser:
- Presentación en el Registro General del Consorcio situado en el Edificio Glorieta,
Planta 5, Módulos 3 y 4, 11011 - Zona Franca, Cádiz.
- Presentación electrónica en la dirección https://juntadeandalucia.es/servicios.html,
apartado presentación electrónica general, indicando como destinario a:
• Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de
Andalucía.
• Órgano/Agencia/ etc.: Delegación Territorial de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda en Cádiz de la Junta de Andalucía.
- Las solicitudes que se presenten a través de oficinas de Correos, deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos antes
de ser certificadas.
- Las solicitudes suscritas en el extranjero, podrán cursarse en el plazo expresado
anteriormente a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, que las remitirán al CMTBC.
- Por alguno de los restantes medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, de Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
3. Las personas participantes quedarán vinculadas por los datos expresados en la
solicitud, sin que puedan efectuar modificación alguna en la misma una vez finalizado el
plazo de presentación recogido en el apartado anterior, debiéndose consignar la clave o
código correspondiente a la categoría profesional a la que se aspira, tal y como se cita en
la base primera, apartado 1, de las presentes bases.
4. Quienes deseen participar deberán hacer efectiva una tasa de inscripción, en la
cuantía que se indica a continuación según la categoría a la que se presenta. El plazo
de abono de la citada tasa coincide con el plazo de presentación de la solicitud, es
decir, veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, determinando su falta de
abono total o parcial en dicho periodo causa de exclusión no subsanable. Se deberá
adjuntar a la solicitud, justificante emitido por la entidad bancaria del pago de la tasa o
acreditación –en su caso–, de la documentación que justifique estar incurso en motivos
de exención/bonificación.
En virtud de lo establecido en el artículo 256 de Beneficios Fiscales, de la Ley
10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de
Andalucía (BOJA núm. 15, de 18 de enero de 2022):
«1. Estarán exentos del pago de la tasa los siguientes solicitantes que tengan
reconocida su condición, siempre que quede acreditado de conformidad con la normativa
aplicable:
a) Los miembros de familias numerosas de la categoría especial y general.
b) Las víctimas del terrorismo, así como las demás personas físicas a que se refiere el
artículo 3.a) de la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, relativa a medidas para la asistencia
y atención a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272037

nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido
sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
f) Haber abonado la correspondiente tasa de inscripción en la convocatoria por cada
categoría profesional a que se aspira, de acuerdo con lo establecido en la Base Tercera.