3. Otras disposiciones. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/227-43)
Corrección de errores de la Orden de 28 de septiembre de 2022, complementaria a la Orden de 23 de febrero de 2022, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las entidades locales para la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2022 (BOJA núm. 191, de 4.10.2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 227 - Viernes, 25 de noviembre de 2022

página 19035/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Corrección de errores de la Orden de 28 de septiembre de 2022, complementaria
a la Orden de 23 de febrero de 2022, por la que se establece la distribución
de las cantidades a percibir por las entidades locales para la financiación de
los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía correspondientes al ejercicio
presupuestario 2022 (BOJA núm. 191, de 4.10.2022).
Advertido error en la Orden de 28 de septiembre de 2022, complementaria a la Orden de
23 de febrero de 2022, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir
por las entidades locales para la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios
en Andalucía correspondiente al ejercicio presupuestario 2022, publicada en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía núm. 191, de 4 de octubre de 2022, y de acuerdo con
lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que «Las
Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o
a instancia de los interesados, los errores materiales de hecho o aritméticos existentes en
sus actos», se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 15365/4 del BOJA núm. 191, de 4 de octubre de 2022, en el Anexo I,
distribución de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. Prestaciones
Básicas de Servicios Sociales:
Para el Ayuntamiento de Las Gabias, donde dice: «97.766,51», debe decir: «97.766,50».
Para el Ayuntamiento de Motril, donde dice: «306.040,85», debe decir: «306.040,84».
Para el Ayuntamiento de Úbeda, donde dice: «158.180,93», debe decir: «158.180,92».

00272249

En la página 15365/5 del BOJA núm. 191, de 4 de octubre de 2022, en el Anexo I,
distribución de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. Prestaciones
Básicas de Servicios Sociales:
Para el Ayuntamiento de Utrera, donde dice: «240.312,44», debe decir: «240.312,43».

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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