Autoridades y personal. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/226-54)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo del proyecto asociado a las obras que se citan.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Jueves, 24 de noviembre de 2022
página 18944/3
Sexto. Al acto convocado deberán asistir los interesados, por sí o bien representados
por persona provista de poder notarial para actuar en su nombre, exhibiendo los
documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF) como la documentación
acreditativa de su titularidad (aportando nota simple informativa o certificado del Registro
de la Propiedad de dominio y cargas, escritura pública, recibo del Impuesto de Bienes
Inmuebles del último año o fotocopias compulsadas de estos documentos y cualquier otro
que consideren pertinente). Podrán los comparecientes, si lo estiman oportuno, hacerse
acompañar a su costa de peritos y notario. En caso de incomparecencia se entenderán
las diligencias con el Ministerio Fiscal, según establece el artículo 5 de la LEF.
Séptimo. En el acto del levantamiento de actas previas y de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 24 de la LEF, se podrá proponer la adquisición por mutuo acuerdo de los
bienes y derechos afectados, suscribiéndose, en tal caso, la correspondiente acta de
adquisición por mutuo acuerdo, que comprenderá, junto a la valoración de los bienes y
derechos afectados, toda indemnización de perjuicios derivados de la rápida ocupación,
el premio de afección, daño emergente, lucro cesante y cuantos derechos e intereses
pudieran corresponderle al titular del bien o derecho objeto de expropiación. En caso de
que no se suscriba la mencionada acta de adquisición por mutuo acuerdo, se hará entrega
a los comparecientes de la correspondiente hoja de valoración de los depósitos previos
e indemnizaciones por rápida ocupación. El abono o consignación de los mismos en la
Caja de Depósitos de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva,
se realizará a cuenta del justiprecio final y una vez efectuado el mismo se procederá a la
inmediata ocupación de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 52 de la LEF.
A la vista de los antecedentes expuestos y la documentación que figura en el
expediente, esta Secretaría General Técnica, a instancias de la Dirección General de
Infraestructuras del Agua, y en ejercicio de las competencias atribuidas en el apartado 3
del artículo 15 de la Orden de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible, de 28 de mayo de 2019, por la que se delegan y atribuyen competencias
en órganos directivos de la Consejería, modificada por la Orden de la Consejera de 20
de abril de 2020. Actualmente en vigor, según la disposición transitoria segunda del
Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. En cuanto a la subsistencia de
delegaciones de competencias: «Mantendrán su vigencia, en tanto no sean sustituidas
por otra nueva que se adapte a lo dispuesto en este decreto, las delegaciones de
competencias correspondientes a la anterior Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible, si bien, las referencias hechas a los órganos que, por
este decreto, se suprimen se entenderán realizadas a los que, por esta misma norma, se
crean y los sustituyen o asumen sus competencias».
Primero. Incoar la tramitación del expediente de expropiación forzosa por el
procedimiento de urgencia, para la obtención de los terrenos necesarios para la ejecución
de las obras correspondientes al «Proyecto de Remodelación de la Edar de La Granada
de Riotinto (Huelva), clave: A4.321.999/2111, que se desarrollarán en el término municipal
de La Granada de Riotinto (Huelva)», según el anejo de esta resolución, en el que se
incluyen la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la expropiación,
siendo beneficiario final de la expropiación el Ayuntamiento de La Granada de Riotinto de
la provincia de Huelva.
Segundo. Convocar a los propietarios y titulares de derechos afectados, que figuran
en la relación incluida en el anejo de esta resolución, para que comparezcan en las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00272207
RESU ELV E
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Jueves, 24 de noviembre de 2022
página 18944/3
Sexto. Al acto convocado deberán asistir los interesados, por sí o bien representados
por persona provista de poder notarial para actuar en su nombre, exhibiendo los
documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF) como la documentación
acreditativa de su titularidad (aportando nota simple informativa o certificado del Registro
de la Propiedad de dominio y cargas, escritura pública, recibo del Impuesto de Bienes
Inmuebles del último año o fotocopias compulsadas de estos documentos y cualquier otro
que consideren pertinente). Podrán los comparecientes, si lo estiman oportuno, hacerse
acompañar a su costa de peritos y notario. En caso de incomparecencia se entenderán
las diligencias con el Ministerio Fiscal, según establece el artículo 5 de la LEF.
Séptimo. En el acto del levantamiento de actas previas y de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 24 de la LEF, se podrá proponer la adquisición por mutuo acuerdo de los
bienes y derechos afectados, suscribiéndose, en tal caso, la correspondiente acta de
adquisición por mutuo acuerdo, que comprenderá, junto a la valoración de los bienes y
derechos afectados, toda indemnización de perjuicios derivados de la rápida ocupación,
el premio de afección, daño emergente, lucro cesante y cuantos derechos e intereses
pudieran corresponderle al titular del bien o derecho objeto de expropiación. En caso de
que no se suscriba la mencionada acta de adquisición por mutuo acuerdo, se hará entrega
a los comparecientes de la correspondiente hoja de valoración de los depósitos previos
e indemnizaciones por rápida ocupación. El abono o consignación de los mismos en la
Caja de Depósitos de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva,
se realizará a cuenta del justiprecio final y una vez efectuado el mismo se procederá a la
inmediata ocupación de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 52 de la LEF.
A la vista de los antecedentes expuestos y la documentación que figura en el
expediente, esta Secretaría General Técnica, a instancias de la Dirección General de
Infraestructuras del Agua, y en ejercicio de las competencias atribuidas en el apartado 3
del artículo 15 de la Orden de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible, de 28 de mayo de 2019, por la que se delegan y atribuyen competencias
en órganos directivos de la Consejería, modificada por la Orden de la Consejera de 20
de abril de 2020. Actualmente en vigor, según la disposición transitoria segunda del
Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. En cuanto a la subsistencia de
delegaciones de competencias: «Mantendrán su vigencia, en tanto no sean sustituidas
por otra nueva que se adapte a lo dispuesto en este decreto, las delegaciones de
competencias correspondientes a la anterior Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible, si bien, las referencias hechas a los órganos que, por
este decreto, se suprimen se entenderán realizadas a los que, por esta misma norma, se
crean y los sustituyen o asumen sus competencias».
Primero. Incoar la tramitación del expediente de expropiación forzosa por el
procedimiento de urgencia, para la obtención de los terrenos necesarios para la ejecución
de las obras correspondientes al «Proyecto de Remodelación de la Edar de La Granada
de Riotinto (Huelva), clave: A4.321.999/2111, que se desarrollarán en el término municipal
de La Granada de Riotinto (Huelva)», según el anejo de esta resolución, en el que se
incluyen la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la expropiación,
siendo beneficiario final de la expropiación el Ayuntamiento de La Granada de Riotinto de
la provincia de Huelva.
Segundo. Convocar a los propietarios y titulares de derechos afectados, que figuran
en la relación incluida en el anejo de esta resolución, para que comparezcan en las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00272207
RESU ELV E