5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/226-108)
Anuncio de 21 de noviembre de 2022, del Consorcio de Transporte Metropolitano del Campo de Gibraltar, sobre publicación de bases y convocatoria de Oferta de Empleo Público extraordinaria de estabilización del personal temporal de larga duración.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Jueves, 24 de noviembre de 2022

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se ha aspirado y figura en las bases, y deberán tomar posesión/formalizar el contrato
de trabajo, en el plazo máximo de tres días naturales si no implica cambio de residencia
de la persona empleada o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso
al servicio activo. El cómputo de los plazos posesorios o de aceptación del contrato
se iniciará cuando finalicen el permiso o licencias que hayan sido concedidos a los
interesados.
2. La persona seleccionada comparecerá ante la Gerencia, a fin de formalizar su
contrato laboral. Efectuada la suscripción del contrato el plazo posesorio o el equivalente
en el caso de la contratación se considerara como de servicio activo a todos los efectos,
excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o
excedencia por cuidado de hijos una vez trascurrido el primer año.
3. La no comparecencia de la persona seleccionada dentro del plazo previsto, sin
causa que lo justifique, supondrá el desistimiento a la formalización de su contrato.

00272226

Undécima. Impugnaciones.
Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, cabe interponer
recurso, de conformidad a lo estipulado en el artículo 31 de los Estatutos de este
Consorcio, publicados en el BOJA núm. 149, de 5 de agosto de 2019, y con lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como con los artículos 8,
14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación presunta.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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