3. Otras disposiciones. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/225-55)
Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se acuerda avocar las competencias que se citan y delegarlas en la persona titular de la Secretaría General de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 225 - Miércoles, 23 de noviembre de 2022

página 18793/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Agencia de Servicios Sociales y
Dependencia de Andalucía, por la que se acuerda avocar las competencias que
se citan y delegarlas en la persona titular de la Secretaría General de la Agencia
de Servicios Sociales y Dependencia.
La Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía,
establece en su artículo 18 la creación de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia
de Andalucía como una agencia pública empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b)
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y
determina los fines generales de la misma. Mediante el Decreto 101/2011, de 19 de abril,
se aprobaron los Estatutos de la Agencia, dotándola de las potestades, competencias,
funciones y actuaciones necesarias para el cumplimiento de sus fines.
La Dirección-Gerencia de la Agencia se configura como el órgano de dirección de la
misma con las competencias establecidas, principalmente, en el artículo 15 de los citados
Estatutos. La estructura de la Agencia está prevista en el artículo 20, estableciéndose los
puestos directivos en el artículo 27 de la referida norma.
Atendiendo a razones de oportunidad y de orden técnico, se adoptó la Resolución de 1
de agosto de 2019, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por
la que se delegan competencias en el personal directivo, procediéndose a la delegación
de determinadas competencias en la Secretaría General y en la entonces denominada
Dirección de Área de Dependencia y Autonomía.
En la actualidad, con motivo de la vacante producida en el puesto relativo a la
Dirección de Área de Dependencia y Promoción de la Autonomía, razones de eficacia y
agilidad administrativa aconsejan la reordenación de las competencias delegadas en los
correspondientes puestos directivos de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia.
En virtud de lo anterior, de conformidad con los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como los artículos 101 a 104 de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

Primero. Avocar las competencias delegadas en la persona titular de la Dirección
de Área de Dependencia y Promoción de la Autonomía definidas en el apartado 2 del
resuelvo primero de la Resolución de 1 de agosto de 2019, de la Agencia de Servicios
Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se delegan competencias en el personal
directivo, en concreto:
a) Las atribuciones en materia de reintegro derivado de pagos indebidos.
b) Las resoluciones de los recursos de alzada contra las resoluciones contempladas
en el artículo 21.3 de los Estatutos de la Agencia.
c) Las resoluciones y, en su caso, expedición de certificaciones en el procedimiento
de habilitación de personas cuidadoras, gerocultoras y auxiliares de ayuda a domicilio.
d) Las resoluciones en el procedimiento de acreditación de las entidades prestadoras
del Servicio de Ayuda a Domicilio.
Segundo. Delegar el ejercicio de las competencias avocadas en el resuelvo primero
de la presente resolución en la persona titular de la Secretaría General de la Agencia de
Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00272015

RESU ELVO