3. Otras disposiciones. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/224-49)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Huelva, por la que se declara la utilidad pública en concreto del proyecto que se cita, en los términos municipales de Gibraleón y Huelva, y se realiza la convocatoria de actas previas a la ocupación. (PP. 2890/2022).
17 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Martes, 22 de noviembre de 2022

página 18092/11

de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52
de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
Igualmente, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los
términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento,
paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio
público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público,
propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas
de servidumbre pública».
Quinto. Los artículos 57 y 58 de la Ley del Sector Eléctrico, así como los artículos
157 a 161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, establecen las servidumbres de paso
de las líneas eléctricas de alta tensión y las limitaciones a las mismas.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho arriba reseñados, así
como la propuesta favorable del Servicio de Energía, esta Delegación Territorial
RESU ELV E

Segundo. De conformidad con el artículo 72.1.f) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
cabe acumular en un solo acto tanto la declaración de utilidad pública en concreto,
como la convocatoria de actas previas a la ocupación, al ser ésta última consecuencia
necesaria de la resolución.
En consecuencia se convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados por la
misma para que comparezcan los días 22 y 23 de noviembre de 2022 en el Ayuntamiento
de Huelva (Sala de Atención al Ciudadano situada en la planta baja del Ayuntamiento sito
en plaza de la Constitución, s/n) y el día 24 de noviembre de 2022 en el Ayuntamiento
de Gibraleón (Salón de Plenos del Ayuntamiento sito en Plaza de España núm. 1) , a
la hora indicada en el Anexo II, que incluye sólo las fincas objeto de expropiación, de la
presente resolución para, de conformidad con el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa, llevar a cabo el levantamiento del acta previa a la ocupación, y si procediera, el
de ocupación definitiva.
A dicho acto los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier
clase de derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente
o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de titularidad. De igual forma pueden hacerse acompañar de sus peritos y
un notario, si lo estiman oportuno.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00271361

Primero. Declarar la Utilidad Pública en concreto del Proyecto de ejecución de la
instalación de energía correspondiente a la línea eléctrica de evacuación de la planta
solar fotovoltaica «Los Machos», ubicada en los términos municipales de Gibraleón y
Huelva, titularidad de la entidad Ralos Development Fotovoltaico Sur, S.L.U., con CIF
B-87839361, cuyas principales características se relacionan en el antecedente de hecho
quinto de esta resolución, a los efectos señalados en el artículo 56 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o adquisición de
los derechos afectados por la citada instalación e implicará la urgente ocupación de
los mismos, para el establecimiento de la instalación, siendo las afecciones derivadas
de la expropiación las que constan en la relación de bienes y derechos incluida en esta
resolución (ver Anexo I).