Disposiciones generales. Universidades. (2022/224-7)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se publica el extracto de la Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad, por la que se autoriza el gasto y se convocan ayudas para cubrir los gastos bancarios de las Asociaciones de Estudiantes y Alumni de la Universidad de Granada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Martes, 22 de noviembre de 2022

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1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la
que se publica el extracto de la Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes
y Empleabilidad, por la que se autoriza el gasto y se convocan ayudas para
cubrir los gastos bancarios de las Asociaciones de Estudiantes y Alumni de la
Universidad de Granada.
BDNS (Identif.): 658538.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
y en el presente BOJA.
Primero. Beneficiarios:
Podrán concurrir las Asociaciones de Estudiantes Universitarios y Alumni inscritas
y actualizadas en el Registro de Asociaciones del Vicerrectorado de Estudiantes y
Empleabilidad a la fecha de cierre del plazo de la presentación de solicitudes.
No podrán participar en la presente convocatoria aquellas asociaciones que se
encuentren requeridas de justificación de las subvenciones que les hayan sido concedidas
con anterioridad, bien por no haberlas justificado o porque la justificación sea insuficiente.
No podrán concurrir a la presente convocatoria aquellas asociaciones que se
encuentren en causa de suspensión temporal, o que no hayan actualizado los datos
básicos para su mantenimiento en el Registro.

Tercero. Cuantía.
El presupuesto total es de 5.000 euros, con cargo a la Cuenta Orgánica del Vicerrectorado
de Estudiantes y Empleabilidad 30.24.85.0000, ejercicio económico 2022, Cuenta Funcional
422D6, partida presupuestaria de Ayudas a Asociaciones Estudiantiles (480.03).
El importe a subvencionar será de 150 euros por asociación.
Estas ayudas serán incompatibles con cualquier otro tipo de ayuda para financiar
estos gastos.
Las solicitudes se baremarán en función de los ingresos obtenidos por las asociaciones
en la liquidación anual de cuentas del año 2021, otorgándose la ayuda a todas las
asociaciones solicitantes que cumplan los requisitos, hasta cubrir la cuantía total de la ayuda.
Para el cómputo de los ingresos no se tendrán en cuenta las ayudas públicas recibidas para
la ejecución de proyectos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00271945

Segundo. Objeto.
Esta convocatoria persigue fomentar el movimiento asociativo, facilitando el apoyo
económico necesario para que las asociaciones puedan desarrollar sus actividades con
las garantías suficientes en lo relativo a su actividad administrativa y bancaria, así como
facilitar la auditoria de sus cuentas.
El objeto de la convocatoria es la financiación de los gastos fijos relacionados con
cuotas de mantenimiento y comisiones bancarias de las cuentas a nombre de dichas
asociaciones para el año 2023, así como las cuotas derivadas de usos de TPV/Datáfono.