3. Otras disposiciones. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/224-50)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, sobre concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sin ánimo de lucro beneficiarias para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, curso 2022/2023, al amparo de la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17.5.2011) y de la Resolución de 23 de junio de 2022 (BOJA núm. 126, de 4 de julio de 2022).
20 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Martes, 22 de noviembre de 2022

página 18672/19

plazo de justificación no podrá exceder de la mitad del inicialmente establecido y en
ningún caso podrá perjudicar derechos de terceras personas.
11.4. El escrito por el que se inste la iniciación de oficio deberá estar suficientemente
justificado, presentándose de forma inmediata a la aparición de las circunstancias que
lo motiven y con antelación a la finalización del plazo de ejecución y de justificación
inicialmente concedido. En el plazo máximo de 15 días desde que el escrito haya tenido
entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, se notificará a la
persona o entidad interesada el acuerdo por el que se adopte la decisión de iniciar o no el
procedimiento. La denegación deberá motivarse expresamente.
11.5. La resolución de modificación será dictada y notificada en un plazo no superior
a dos meses, y siempre antes de finalizar el plazo que, en su caso, sea modificado. La
resolución se adoptará por el órgano concedente de la subvención tras la instrucción
del correspondiente procedimiento en el que, junto a la propuesta razonada del órgano
instructor, se acompañarán los informes pertinentes y las alegaciones que, en su caso,
hubiera presentado la persona o entidad beneficiaria.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
alternativamente, o recurso potestativo de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto,
siendo el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de este recurso de un mes; o
de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso
administrativa, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso
Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Si
optara por interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso
contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Esta desestimación por silencio se producirá si
transcurre un mes desde su interposición sin que se notifique resolución expresa.
Cádiz, 11 de noviembre de 2022.- La Delegada, María Isabel Paredes Serrano.

Núm.
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ENTIDADES SOLICITANTES
CENTRO ACOGIDA DE
INMIGRANTES – CEAIN
FUNDACIÓN MARGENES Y VÍNCULOS
ASOCIACIÓN SI QUIERES PUEDO
ASIQUIPU
ASOCIACIÓN ADOLESCENCIA E
INFANCIA EN RIESGO DE EXCLUSIÓN
SOCIAL – AIRES
FEDERACIÓN MUJERES GITANAS DE
ANDALUCÍA – FAKALI
ASOCIACIÓN MUJERES
PROGRESISTAS VICTORIA KENT
ASOCIACIÓN ANDALUCÍA POR
LA ENSEÑANZA PÚBLICA
FUNDACIÓN YEHUDI
MENUHIN ESPAÑA
ASOCIACIÓN ACOMPAÑAMIENTO
EDUCATIVO FAMILIAR – AEFAM
FUNDACIÓN MORNESE
NUEVO HOGAR BETANIA

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

PRESUPUESTO
ACEPTADO

SUBVENCIÓN
CONCEDIDA

PORCENTAJE DE
SUBVENCIÓN

9.013,74 €

9.013,74 €

100 %

8.489,58 €

8.412,83 €

99,10 %

7.813,98 €

7.811,91 €

97,97 %

7.702,40 €

7.411,30 €

96,22 %

7.411,30 €

7.411,30 €

100 %

6.209,50 €

6.209,47 €

99,99 %

5.811,35 €

5.808,86 €

99,95 %

11.800,00 €

5.408,24 €

45,83 %

5.233,95 €

5.207,94 €

99,50 %

4.607,02 €
4.264,82 €

4.607,02 €
4.006,11 €

100 %
93,93 %

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00271891

ANEXO I