3. Otras disposiciones. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/224-48)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que se cita, en los términos municipales de Granada y Víznar (Granada). (PP. 2919/2022).
4 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 224 - Martes, 22 de noviembre de 2022

página 18368/2

Quinto. Esta Delegación solicitó a los Ayuntamientos de Víznar y Granada informe
de compatibilidad urbanística a los efectos del artículo 42.3 de la Ley 7/2002, de 17 de
diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en su redacción dada por el Decretoley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento
de la actividad productiva de Andalucía. El Ayuntamiento de Víznar emitió informe de
compatibilidad urbanística favorable con fecha 12 de marzo de 2021, y el promotor aportó
el 17 de marzo de 2022 informe de compatibilidad urbanística del Ayuntamiento de
Granada con fecha de 10 de marzo de 2022.
Sexto. El 10 de junio de 2022 se recibe en esta Delegación, informe preceptivo
vinculante de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible, de fecha 10 de junio de 2022, con núm. expediente AAU/GR/058/20, de
autorización ambiental unificada a Fotovoltaica Brazatortas, S.L., para la planta solar
fotovoltaica, subestación eléctrica y línea aéreo-soterrada de evacuación «FV Fargue I
de 25 MWp» en los términos municipales de Víznar y Granada (Granada), y se emite
evaluación de impacto ambiental viable a la realización de las actuaciones, concluyendo
que no producirán impactos adversos significativos en el medio ambiente, siempre y
cuando se realicen en las condiciones señaladas en dicho informe.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución,
según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado
por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía;
el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto
300/2022, de 30 de agosto, así como la Resolución de 11 marzo de 2022 de la Dirección
General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos
directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Tercero. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las
instalaciones de generación de energía tendrá la consideración de actuaciones de
utilidad e interés general. A este respecto el artículo 32 establece el procedimiento de
autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e
interés general de Andalucía, indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este
caso esta Delegación, recibir la solicitud, efectuar los trámites de información pública y
de consultas e incorporar a la autorización que se otorga el contenido del informe emitido
por el órgano ambiental.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación
Territorial
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00271650

Segundo. La autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión
está regulado en el Titulo VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro
y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Real Decreto
337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas
y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión; el Real Decreto
223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de
alta tensión.