Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/224-2)
Orden de 10 de noviembre de 2022, por la que se establece la convocatoria de las ayudas al control lechero oficial en la Comunidad Aútonoma de Andalucía para el ejercicio 2023, al amparo de la previsto en el Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, por el que se regula el control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética de las especies bovina, ovina y caprina.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Martes, 22 de noviembre de 2022

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acreditarse en la solicitud de ayudas o justificación posterior, el importe, procedencia y
aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
3. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que,
aisladamente, o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones
Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el
coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria.
Decimotercero. Financiación.
Las subvenciones a las que se refiere la presente Orden se financiarán con cargo a
los Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 del
Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, mencionado, según las cuantías asignadas a la
Comunidad Autónoma de Andalucía por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
en el seno de la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, así como con
cargo a los créditos disponibles de la propia Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural.
Las partidas presupuestarias a las que se imputarán las ayudas correspondientes
al año 2023, con una cuantía total de doscientos treinta mil novecientos sesenta con
sesenta y seis euros (230.960,66 euros), serán las siguientes:
1. Partida presupuestaria: 1300180000 G/71B/78207/00 S0602 2007003023, por un
importe de 115.480,33 euros anualidad 2023.
2. Partida presupuestaria: 1300010000 G/71B/78207/00 01 2020000054, por un
importe de 115.480,33 euros anualidad 2024.
Decimocuarto. Efectos.
La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al que se publique en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre.
Sevilla, 10 de noviembre de 2022
CARMEN CRESPO DÍAZ

00271880

Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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