5. Anuncios. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/223-45)
Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción, de la instalación eléctrica que se cita, en Ventas de Huelma (Granada). (PP. 2649/2022).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 223 - Lunes, 21 de noviembre de 2022

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Quinto. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real
Decreto 1955/2000, se remitió separata del proyecto presentado a la empresa de
servicios de interés general afectada, Endesa Distribución Eléctrica, S.L., trascurridos
treinta días sin que haya contestado se entiende que no tiene objeción o condición que
formular.
Sexto. En fecha 4.4.2021, la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada
solicitó al Ayuntamiento de Ventas de Huelma, para que en el plazo de un mes emitiera
Informe de Compatibilidad Urbanística, a los efectos del artículo 42.3 de la Ley 7/2002, de
17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en su redacción dada por
el Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para
el fomento de la actividad productiva de Andalucía. Dicho informe fue emitido por el
citado Ayuntamiento en fecha 23/04/2021, informando dicha actuación como compatible
urbanísticamente.
Séptimo. El día 10 de agosto de 2022 se recibe en esta Delegación Informe
preceptivo vinculante, emitido por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en
Granada, Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, de fecha
09 de agosto de 2022, con núm. expediente AAU/GR/063/20, de autorización ambiental
unificada a Cornisa Solar, S.L., para las actuaciones contempladas en el proyecto de
«Parque Solar Fotovoltaico de 40 MWn/50 MWp “Cornisa Solar”, en Ventas de Huelma
(Granada) y Red Subterránea de Media Tensión hasta nueva Subestación Eléctrica
30/220 kV “FV Caparacena” en Ventas de Huelma (Granada)», y se emite evaluación
de impacto ambiental Viable a la realización de las actuaciones, concluyendo que no
producirán impactos adversos significativos en el medio ambiente, siempre y cuando se
realicen en las condiciones señaladas en dicho Informe.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. La autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión
está regulado en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro
y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Real Decreto
337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas
y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, el Real Decreto
223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de
alta tensión.
Tercero. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las
instalaciones de generación de energía tendrán la consideración de actuaciones de
utilidad e interés general. A este respecto el artículo 32 establece el procedimiento de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00270326

Primero. Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución,
según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado
por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía,
el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto
300/2022, de 30 de agosto, así como la Resolución de 11 marzo de 2022, de la Dirección
General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos
directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.