Autoridades y personal. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/223-19)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Viceconsejería, por la que se adjudica el puesto de libre designación en ejecución de la Sentencia núm. 1120/22 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, Sección Tercera, en el recurso de apelación Registro número 631/2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 223 - Lunes, 21 de noviembre de 2022

página 18539/1

2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Viceconsejería, por la que se
adjudica el puesto de libre designación en ejecución de la Sentencia núm.
1120/22 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo
Contencioso-Administrativo en Sevilla, Sección Tercera, en el recurso de
apelación Registro número 631/2021.

II. En fecha 4 de octubre de 2022 se recibe escrito del Gabinete Jurídico remitiendo
copia que concuerda fielmente con la obrante en poder de este Gabinete Jurídico de la
Sentencia núm. 1120/22 de 20 de julio de 2022 dictada por el por el Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, Sección
Tercera, que estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por don Rafael
Aliaga Rodríguez contra la sentencia de 11 de febrero del 2021 dictada por el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Sevilla que desestimaba su recurso contra
resolución de adjudicación de PLD, ordenando la retroacción del procedimiento de libre
designación. Asimismo, ese Gabinete informa que respecto a la citada Sentencia no se
interpondrá recurso por carencia de interés casacional y no reunir los requisitos previstos en
los arts. 86 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El tenor literal del fallo de la Sentencia núm. 1120/22 es el siguiente: «Que estimando
parcialmente el recurso de apelación interpuesto por don Rafael Aliaga Rodríguez contra la
sentencia de 11 de febrero del 2021 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
núm. Tres de Sevilla en el procedimiento allí seguido con el número de registro 284/2020,
y con revocación de la misma, debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso
formulado por dicho recurrente contra el acto administrativo descrito en el antecedente de
hecho primero, que anulamos por considerarlo disconforme con el ordenamiento jurídico,
ordenando la retroacción del procedimiento de libre designación a fin de que se emita el
informe de valoración de las solicitudes con arreglo a derecho.
Se pronuncia el Tribunal Superior de Justicia, en esta Sentencia, en los siguientes
términos: ...”La sentencia entiende, efectivamente, que a la vista de dicho informe, no
puede calificarse de arbitrario el nombramiento realizado. Con la referida sentencia del
Tribunal Supremo de 14 de julio de 2020 (Recurso 243/2018) quedan así mostradas
las razones que han llevado a tomar su decisión de adjudicación a la persona que ha
resultado nombrada, sin que sea necesario como el recurrente pretende una comparativa
de méritos entre los peticionarios, lo que sería propio de un concurso de méritos, pero no
de un procedimiento de adjudicación por el sistema de libre designación, “caracterizado
por esa especial responsabilidad que justificó su clasificación como de libre designación
y ese libre juicio de idoneidad es lo que integra la idea de confianza en que el designado
realizará un buen desempeño del puesto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00271760

I. Con fecha 11 de febrero de 2021 se dicta Sentencia por el Juzgado núm. Tres del
Contencioso-Administrativo en el número de Autos 284/2020, cuyo fallo contiene el tenor
literal siguiente: «Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por don Rafael
Aliaga Rodríguez, funcionario del Cuerpo Superior de Administradores de la Junta de
Andalucía, en su propio nombre y derecho, contra la Consejería de Empleo, Formación
y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, sobre la Resolución de 4 de agosto de
2020 de la Viceconsejería por la que se adjudica puesto de trabajo, por el sistema de libre
designación, convocado por resolución de 7 de julio de 2020 (BOJA núm. 155, de 12 de
agosto de 2020), por resultar ajustada a derecho la resolución impugnada. Sin costas».