5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/223-71)
Anuncio de 9 de noviembre de 2022, del Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa de Huelva, por el que se publican las bases que han de regir la convocatoria y las pruebas de acceso correspondientes a la Oferta de Empleo Público extraordinaria de estabilización del personal temporal de larga duración.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 223 - Lunes, 21 de noviembre de 2022

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Séptima. Baremación aplicable a la fase de concurso.
A continuación se establecen los méritos que va a ser objeto de baremación, todos
ellos relacionados con la experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de
los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de empleo temporal de
la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de conformidad con las disposiciones adicionales 6.ª
y 8.ª, es reducir temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin
de posibilitar su estabilización, de ahí que se considere crucial la experiencia acumulada
a lo largo de la trayectoria profesional en la Administraciones Públicas y más en concreto
en el Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa de Huelva, siendo así que
los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber sido esta la que al
haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional y todo ello en
cumplimiento de la doctrina del TJUE.
Solo será tenido en cuenta la antigüedad en las plazas de igual denominación a la
que se opta.
7.1. Experiencia profesional:
7.1.1. Se valorará la experiencia profesional, con un máximo de 100 puntos, de acuerdo
con el siguiente baremo:
a) Experiencia profesional en el Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa
de Huelva, que se haya adquirido en las plazas de igual denominación a la que opta, 0,66
puntos por mes.
b) Experiencia profesional en el ámbito de las entidades instrumentales pertenecientes
a la Junta de Andalucía, que se haya adquirido en las plazas de igual denominación a la
que opta, 0,22 puntos por mes.
c) Experiencia profesional en el ámbito de las Administraciones Públicas o empresas
públicas, en las plazas de igual denominación a la que se opta, 0,11 puntos por mes.
d) Experiencia profesional en el ámbito de empresas privadas, en las plazas de igual
denominación a la que opta, 0,07 puntos por mes.
7.1.2. En ningún caso podrán ser computadas las relaciones prestadas en régimen
de colaboración social, ni los contratos civiles, mercantiles o sometidos al Derecho
Administrativo.
7.1.3. En caso de empate en las puntuaciones de concurso de méritos, los criterios de
desempate serán y por este orden:
1. La ocupación, es decir mayor experiencia en la plaza a la que se opta en el
Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa de Huelva.
2. Mayor experiencia en la plaza a la que se opta en otras entidades instrumentales
pertenecientes a la Junta de Andalucía, administraciones públicas.
3. Mayor experiencia en la plaza a la que se opta en empresas privadas.
7.1.4 Acreditación de los méritos relativos a la experiencia profesional.
- Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente,
despreciándose las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes.
- Los servicios prestados en el Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa
de Huelva, no habrán de ser acreditados por las personas aspirantes, siendo estos
aportados de oficio por el Consorcio.
- Los servicios prestados en entidades instrumentales de la Junta de Andalucía y
otras Administraciones Públicas o empresas públicas o privadas, se acreditarán a
través de certificado de servicios prestados emitidos por el órgano competente de la
administración, empresa pública o privada donde se hubiesen efectuado, indicándose
la denominación de la plaza, el grupo de clasificación y porcentaje de duración de la
jornada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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El tiempo de prestación de servicios desarrollado en este Consorcio será aportado de
oficio por la Secretaria General de la entidad y referido siempre a la fecha de terminación
del plazo de admisión de instancias.