5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/223-71)
Anuncio de 9 de noviembre de 2022, del Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa de Huelva, por el que se publican las bases que han de regir la convocatoria y las pruebas de acceso correspondientes a la Oferta de Empleo Público extraordinaria de estabilización del personal temporal de larga duración.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 223 - Lunes, 21 de noviembre de 2022

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Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
1. Las personas interesadas en participar en el proceso de selección deberán
reunir todos y cada uno de los requisitos y condiciones exigidas, referidos a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00271798

Comunidades Autónomas y entidades locales y respetarán, en todo caso, los plazos
establecidos en esta norma.»
Del mismo modo, en la disposición adicional séptima de la citada ley, se estipula en
relación a la extensión del ámbito de aplicación de los procesos de estabilización que:
«los preceptos contenidos en esta norma relativos a los procesos de estabilización serán
de aplicación a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales,
fundaciones del sector público y consorcios del sector público».
Los estatutos vigentes del Consorcio, aprobados en Consejo de Gobierno y
publicados en BOJA núm. 149, de 5 de agosto de 2019, disposición transitoria segunda,
determinan lo siguiente: «Se considera personal propio del Consorcio el que estuviese
contratado por el mismo a 31 de diciembre de 2014. Este personal propio del Consorcio
se regirá por la legislación laboral vigente».
De conformidad con lo expuesto, en la actual plantilla de personal del Consorcio de
Transporte Metropolitano de la Costa de Huelva, existen 3 plazas de carácter estructural
ocupadas por personal laboral con carácter temporal, que están siendo ocupadas con
anterioridad a 1 de enero de 2016 de forma continuada, cuya regularización no supone
incremento de gastos ni de efectivos, por lo que son de aplicación las disposiciones
adicionales sexta y séptima anteriormente referidas, en cuanto a la celebración de una
convocatoria con carácter excepcional de estabilización de empleo de larga duración.
Mediante Decreto 90/2022, de 31 de mayo, de la Consejería de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para
la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del
sector público andaluz para el año 2022, y a efectos de dar cumplimiento a la nueva
regulación estatal de carácter básico, se han incluido las 3 plazas correspondientes a
esta entidad instrumental (dos plazas de auxiliar administrativo y una de técnico/a de
transporte). En fecha 13 de mayo de 2022, el Consejo de Administración del Consorcio,
ha aprobado la Oferta de Empleo Público extraordinario de estabilización del personal
temporal laboral de larga duración del Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa
de Huelva para el año 2022.
3. La información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que
participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá al público en
la web del CTHU (www.cthu.es), así como en el tablón de anuncios del mismo, situada en
la Avda. Doctor Rubio, s/n, Estación de autobuses Puerta Atlántico, 1.ª planta, 21002 de
Huelva.
4. Las presentes bases y convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía, en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/organismos/sobre-junta/funcionamiento/ofertas-empleo.html,
y en la página web del Consorcio.
5. De conformidad con lo previsto en el artículo 61.6 del TREBEP y en las disposiciones
adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el sistema selectivo para
la provisión de las plazas contempladas en el Anexo I, será el de concurso de méritos.
6. La convocatoria garantizará el cumplimiento de los principios de libre concurrencia,
igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
7. Las presentes bases vincularán a la Administración, a los tribunales que han de
valorar los méritos y a quienes participen en el Concurso de méritos, y solo podrán ser
modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.