Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/222-5)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria para el acceso extraordinario a las bolsas de trabajo de determinadas especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, así como a determinadas bolsas con perfil bilingüe.
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BOJA
BAREMO

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

página 18426/11

VALORACIÓN

DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS

Título, oficial expedido por la Universidad o, en
su defecto, certificación de la solicitud del título
oficial previo pago de los derechos de expedición.
2.2. Título de Doctor o Doctora.
2,0000
En el caso de haberse obtenido en el extranjero, se
debe presentar la correspondiente credencial de
homologación.
2.3. O
 tras titulaciones universitarias de carácter oficial en el caso de que no hubieran sido alegadas ni conducentes a la titulación
presentada como requisito. Tampoco se valorarán las titulaciones ya baremadas en otro apartado o conducentes a otros méritos.
En todos los casos se deberá aportar la certificación académica oficial donde consten las asignaturas que se han cursado y
superado. En el caso de haberse obtenido en el extranjero, se debe presentar la correspondiente credencial de homologación.
Título o, en su defecto, certificación acreditativa donde
2.3.1. Titulaciones de Grado. Por cada título universitario
conste haber finalizado los estudios conducentes a
1,5000
oficial de grado o equivalente.
dicha titulación junto con el pago de los derechos de
expedición.
Título o, en su defecto, certificación acreditativa donde
conste haber finalizado los estudios conducentes
2.3.2. Titulaciones de primer ciclo. Por cada Diplomatura,
a dicha titulación junto con el pago de los derechos
Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o títulos
de expedición. En el caso de alegar los tres primeros
declarados legalmente equivalentes, y por los
1,0000
cursos de una Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura,
certificación académica en que se acredite que
estudios correspondientes al primer ciclo de una
se han cursado y superado todas las asignaturas
Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería.
correspondientes (no se considera titulación de primer
ciclo la superación del curso de adaptación).
Título o, en su defecto, certificación acreditativa donde
2.3.3. Titulaciones de segundo ciclo o equivalentes. Por
conste haber finalizado los estudios conducentes
los estudios correspondientes al segundo ciclo de
1,0000
a dicha titulación junto con el pago de los derechos
Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas, grados o
de expedición. Si solo se presenta la titulación de
títulos declarados legalmente equivalentes.
segundo ciclo, solo se valorará este último.

2.3.4. Títulos universitarios oficiales de Máster

1,0000

Título
oficial
expedido
por
la
universidad
correspondiente o certificación donde conste haber
finalizado los estudios conducentes a dicha titulación
junto con el pago de los derechos de expedición.
En el caso de haberse obtenido en el extranjero, se
debe presentar la correspondiente credencial de
homologación.

00271651

2.4. T
 itulaciones de Enseñanzas de Régimen Especial, de Formación Profesional y certificaciones de idiomas, en el caso de que no
hubieran sido alegadas como requisito ni conducentes a la titulación presentada como requisito u otros méritos. Solo se valorará
un certificado por idioma.
2.4.1. P
 or el certificado de nivel C2 de la Escuela Oficial
de Idiomas de una lengua extranjera. Por el
certificado del Nivel C2 de inglés, francés o alemán
1,5000
del Marco Común Europeo de Referencia para las
Lenguas de acuerdo con el Anexo IV de la presente
convocatoria.
Título o, en su defecto, certificación acreditativa donde
2.4.2. P
 or el certificado de nivel C1 de la Escuela
conste haber finalizado los estudios conducentes a
Oficial de Idiomas de una lengua extranjera. Por
dicha titulación junto con el pago de los derechos de
el certificado del Nivel C1 de inglés, francés o
expedición. En el caso de los certificados de idiomas,
1,0000
alemán del Marco Común Europeo de Referencia
se tendrá en cuenta la puntuación más alta de entre
para las Lenguas de acuerdo con el Anexo IV de
todas a las que pueda optar el candidato del mismo
la presente convocatoria.
idioma.
2.4.3. P
 or el certificado de nivel B2 de la Escuela
Oficial de Idiomas de una lengua extranjera. Por
el certificado del Nivel B2 de inglés, francés o
0,5000
alemán del Marco Común Europeo de Referencia
para las Lenguas de acuerdo con el Anexo IV de
la presente convocatoria.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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